Publicidad:
Terra
La Coctelera

verrattigio

29 Diciembre 2009

UNIDAD V:

Tipos  de Leyes  y el Proceso de Formación de una ley para su promulgación:

Debemos iniciar este estudio con la definicion de Ley, y los tipo de ley que  nuetra Constitucion conceptualiza, es por ello que visto desde esta perspectiva vamos a revisar la parte juridica.

Sección Cuarta: De la Formación de las Leyes

Artículo 202. La ley es el acto sancionado por la Asamblea Nacional como cuerpo legislador. Las leyes que reúnan sistemáticamente las normas relativas a determinada materia se podrán denominar códigos. (Código Civil, Código Penal, Código de Comercio)

Artículo 203. Son leyes orgánicas las que así denomina esta Constitución; las que se dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes.

Todo proyecto de ley orgánica, salvo aquel que esta Constitución califique como tal, será previamente admitido por la Asamblea Nacional, por el voto de las dos terceras partes de los o las integrantes presentes antes de iniciarse la discusión del respectivo proyecto de ley. Esta votación calificada se aplicará también para la modificación de las leyes orgánicas.

Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes de sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República, con rango y valor de ley. Las leyes habilitantes deben fijar el plazo de su ejercicio".

Proceso de Legitimacion Judicial de la Ley Orgánica:

Articulo 203: "Las leyes que la Asamblea Nacional haya calificado de orgánicas serán remitidas, antes de su promulgación a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de su carácter orgánico. La Sala Constitucional decidirá en el término de diez días contados a partir de la fecha de recibo de la comunicación. Si la Sala Constitucional declara que no es orgánica la ley perderá este carácter".

DE DONDE PROVIENE LA INICIATIVA PARA CREAR UNA LEY:

Todo instrumento juridico para ser sancionado debe ser presentado previamente su iniciativa depende de:

Artículo 204. La iniciativa de las leyes corresponde:

  1. Al Poder Ejecutivo Nacional.
  2. A la Comisión Delegada y a las Comisiones Permanentes.
  3. A los y las integrantes de la Asamblea Nacional, en número no menor de tres.
  4. Al Tribunal Supremo de Justicia, cuando se trate de leyes relativas a la organización y procedimientos judiciales.
  5. Al Poder Ciudadano, cuando se trate de leyes relativas a los órganos que lo integran.
  6. Al Poder Electoral, cuando se trate de leyes relativas a la materia electoral.
  7. A los electores y electoras en un número no menor del cero coma uno por ciento de los inscritos e inscritas en el registro civil y electoral.
  8. Al Consejo Legislativo, cuando se trate de leyes relativas a los Estados.

Artículo 205. La discusión de los proyectos de ley presentados por los electores y electoras conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, se iniciará a más tardar en el período de sesiones ordinarias siguiente al que se haya presentado. Si el debate no se inicia dentro de dicho lapso, el proyecto se someterá a referendo aprobatorio de conformidad con la ley.

BASAMENTO JURIDICO DE LA CONSULTA PÚBLICA:

La asamblea nacional esta en la obligacion de presentar al pueblo el proyecto de ley para su consulta y propuestas y asi lo prevé el articulo siguiente:

Artículo 206. Los Estados serán consultados por la Asamblea Nacional, a través del Consejo Legislativo, cuando se legisle en materias relativas a los mismos. La ley establecerá los mecanismos de consulta a la sociedad civil y demás instituciones de los Estados, por parte del Consejo en dichas materias.

PROCESO DE DISCUSIÓN Y APROBACION DE LA LEY:

Fases por la cual se procesa una ley hasta ser promulgada:

Artículo 207. Para convertirse en ley todo proyecto recibirá dos discusiones, en días diferentes, siguiendo las reglas establecidas en esta Constitución y en los reglamentos respectivos. Aprobado el proyecto, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional declarará sancionada la ley.

Artículo 208. En la primera discusión se considerará la exposición de motivos y se evaluarán sus objetivos, alcance y viabilidad, a fin de determinar la pertinencia de la ley, y se discutirá el articulado. Aprobado en primera discusión el proyecto será remitido a la comisión directamente relacionada con la materia objeto de la ley. En caso de que el proyecto de ley esté relacionado con varias comisiones permanentes, se designará una comisión mixta para realizar el estudio y presentar el informe.

Las comisiones que estudien proyectos de ley presentarán el informe correspondiente en un plazo no mayor de treinta días consecutivos.

Artículo 209. Recibido el informe de la comisión correspondiente, se dará inicio a la segunda discusión del proyecto de ley, la cual se realizará artículo por artículo. Si se aprobare sin modificaciones, quedará sancionada la ley. En caso contrario, si sufre modificaciones, se devolverá a la Comisión respectiva para que ésta las incluya en un plazo no mayor de quince días continuos; leída la nueva versión del proyecto de ley en la plenaria de la Asamblea Nacional, ésta decidirá por mayoría de votos lo que fuere procedente respecto a los artículos en que hubiere discrepancia y a los que tuvieren conexión con éstos. Resuelta la discrepancia, la Presidencia declarará sancionada la ley.

Artículo 210. La discusión de los proyectos que quedaren pendientes al término de las sesiones, podrá continuarse en las sesiones siguientes o en sesiones extraordinarias.

Artículo 211. La Asamblea Nacional o las Comisiones Permanentes, durante el procedimiento de discusión y aprobación de los proyectos de leyes, consultarán a los otros órganos del Estado, a los ciudadanos y ciudadanas y a la sociedad organizada para oír su opinión sobre los mismos. Tendrán derecho de palabra en la discusión de las leyes los Ministros o Ministras en representación del Poder Ejecutivo; el magistrado o magistrada del Tribunal Supremo de Justicia a quien éste designe, en representación del Poder Judicial; el o la representante del Poder Ciudadano designado o designada por el Consejo Moral Republicano; los o las integrantes del Poder Electoral; los Estados a través de un o una representante designado o designada por el Consejo Legislativo y los o las representantes de la sociedad organizada, en los términos que establezca el Reglamento de la Asamblea Nacional.

Artículo 212. Al texto de las leyes precederá la siguiente fórmula: «La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, decreta:».

Artículo 213. Una vez sancionada la ley, se extenderá por duplicado con la redacción final que haya resultado de las discusiones. Ambos ejemplares serán firmados por el Presidente o Presidenta, los dos Vicepresidentes o Vicepresidentas y el Secretario o Secretaria de la Asamblea Nacional, con la fecha de su aprobación definitiva. Uno de los ejemplares de la ley será enviado por el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional al Presidente o Presidenta de la República a los fines de su promulgación.

Artículo 214. El Presidente o Presidenta de la República promulgará la ley dentro de los diez días siguientes a aquél en que la haya recibido. Dentro de ese lapso podrá, con acuerdo del Consejo de Ministros, solicitar a la Asamblea Nacional, mediante exposición razonada, que modifique alguna de las disposiciones de la ley o levante la sanción a toda la ley o a parte de ella.

La Asamblea Nacional decidirá acerca de los aspectos planteados por el Presidente o Presidenta de la República, por mayoría absoluta de los diputados o diputadas presentes y le remitirá la ley para la promulgación.

El Presidente o Presidenta de la República debe proceder a promulgar la ley dentro de los cinco días siguientes a su recibo, sin poder formular nuevas observaciones.

Cuando el Presidente o Presidenta de la República considere que la ley o alguno de sus artículos es inconstitucional solicitarán el pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en el lapso de diez días que tiene para promulgar la misma. El Tribunal Supremo de Justicia decidirá en el término de quince días contados desde el recibo de la comunicación del Presidente o Presidenta de la República. Si el Tribunal negare la inconstitucionalidad invocada o no decidiere en el lapso anterior, el Presidente o Presidenta de la República promulgará la ley dentro de los cinco días siguientes a la decisión del Tribunal o al vencimiento de dicho lapso.

Artículo 215. La Ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente «Cúmplase» en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 216. Cuando el Presidente o Presidenta de la República no promulgare la ley en los lapsos señalados, el Presidente o Presidenta y los dos Vicepresidentes o Vicepresidentas de la Asamblea Nacional procederán a su promulgación sin perjuicio de la responsabilidad en que aquél o aquella incurriere por su omisión.

Artículo 217. La oportunidad en que deba ser promulgada la ley aprobatoria de un tratado, de un acuerdo o de un convenio internacional, quedará a la discreción del Ejecutivo Nacional, de acuerdo con los usos internacionales y la conveniencia de la República.

 Artículo 218. Las leyes se derogan por otras leyes y se abrogan por referendo, salvo las excepciones establecidas en esta Constitución. Podrán ser reformadas total o parcialmente. La ley que sea objeto de reforma parcial se publicará en un solo texto que incorpore las modificaciones aprobadas.

DECRETOS CONSTITUCIONALES:

Es una facultad que se le otorga al presidente de la republica para que en casos de emergencia o urgencia decrete una restricción o suspension de garantias constitucionales o de servicios públicos:

El presidente de la republica posee la atribución y obligación de: art.236.

       Dictar, previa autorización por una ley habilitante , decretos con fuerza de ley.

       Decretar créditos adicionales al Presupuesto, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada.

Ejemplo de legitimacion judicial y decreto constitucional:

El Tribunal Supremo de Venezuela declara constitucional decreto de nacionalización de sector eléctrico.

El Tribunal Supremo de Venezuela avaló ayer el carácter orgánico del decreto 5.330, que con rango y fuerza de ley dictó el presidente Hugo Chávez el pasado 2 de mayo para "estatizar" y reorganizar el sector eléctrico.

El texto del decreto fue enviado al Supremo para que se pronunciase sobre su carácter "orgánico", ya que fue dictado al amparo de la Ley Habilitante por la que el Parlamento cedió a Chávez la potestad de legislar en algunas materias por un tiempo definido.

La ponencia en la que se determina la validez del decreto presidencial de mayo fue elaborada por la magistrada Carmen Zuleta, de la Sala Constitucional del Supremo.

En ella se dice que el decreto "se limita a una reorganización del sector eléctrico, estatizándolo en su totalidad, sin incidir en la regulación sobre el ejercicio de las diferentes actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía, lo cual sigue siendo objeto de la Ley Orgánica del Servicio Eléctrico".

Por ello, dice la ponencia, se establece "la posibilidad de concentrar en una sola empresa" el sector eléctrico para que garantice "el abastecimiento eléctrico a lo largo del territorio nacional en forma confiable y seguro en armonía con el ambiente y con la equidad social".

La nota del Supremo recuerda que el texto del decreto presidencial establece la "creación de una empresa (sociedad anónima) de capital totalmente público (suscrito por la República) y adscrita al Ministerio para la Energía y Petróleo, que tendrá como nombre Corporación Eléctrica Nacional S.A. (Corpoelec)".

Añade que "siendo un Decreto-Legislativo que reserva al Estado una actividad, exigiendo no sólo la fusión en la nueva empresa que se constituye (Corpoelec) de todas las empresas totalmente públicas, sino también de las empresas mixtas e incluso de las privadas que se encuentren en el supuesto del artículo 7 del Decreto, es evidente que su carácter ha de ser orgánico".

"En vista de lo anterior la Sala Constitucional declaró la constitucionalidad del carácter orgánico del Decreto 5.330, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Reorganización del Sector Eléctrico", concluye la nota del Supremo.

DECRETO DE RESTRICCIÓN, SUPRESION Y RESTITUCION DE GARANTÍAS:

Son las normas dictadas por el presidente basado en el articulo 236 ordinal 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: " Son atribuciones y obligaciones...7. Declarar los Estados de Excepción y decretar la restricción de las garantías en los casos previstos en esta Constitución."

Esto solo será posible en caso de urgencia o conmoción del estado que se requiera la supresión de un servicio publico.

La asamblea nacional autorizara al Presidente y así lo prevé el articulo 196 numeral 6. "Son atribuciones de la Comisión Delegada: ...6. Autorizar al Ejecutivo Nacional por el voto favorable de las dos terceras partes  de sus integrantes para crear, modificar o suspender servicios públicos en caso de urgencia  comprobada".

 A consulta pública régimen de prestaciones jornada laboral y estabilidad.

 La Comisión de Desarrollo Social casi ha terminado con la revisión del articulado de la Ley Orgánica del Trabajo vigente, 600 de 675 artículos se han modificado, sin embargo, el diputado Oscar Figuera como su presidente, aclara que aún no se ha logrado un acuerdo sobre  temas neurálgicos, ni se ha determinado cuál será el método para evaluar la preferencia de los ciudadanos.

 Los temas que han resultado de difícil definición para la Comisión de Desarrollo Social, como el régimen de prestaciones sociales, la jornada laboral y la estabilidad serán sometidos a la consulta pública que -de acuerdo a lo señalado por el presidente del ente parlamentario, diputado Oscar Figuera - podría organizarse para los meses de diciembre y enero del 2010.

De los 675 artículos que posee la Ley Orgánica del Trabajo vigente, se han revisado 600 de ellos, por lo que los miembros de la Comisión ven factible culminar la labor que emprendieron hace ya un año. "Estamos trabajando para que este año esté listo el anteproyecto para la consulta".

PROYECTO DE LA LEY ORGANICA DE SERVICIOS PUBLICOS:

La presente ley esta conformada por: cuatro Títulos, dos Capítulos, treinta artículos, tres disposiciones transitorias y una disposición final.

El Titulo I, Consideraciones Generales.

El Titulo II, Del Sistema Nacional Integral de los Servicios Públicos.

Contiene:

Capitulo I, Disposiciones Generales.

El Capitulo II, trata De la Evaluación de Resultados en la Prestación de los Servicios Públicos.

El Titulo III, De las Reglas Generales para la Solución de Conflictos.

El Titulo IV De las Disposiciones Transitorias y Finales.

Finalmente, esta ley debe velar porque las políticas públicas establecidas por el Estado se cumplan, de conformidad con las normas y que le permita controlar y supervisar la actividad relacionada con esta materia, que debe tener por norte la igualdad y la equidad para elevar la calidad de vida de los venezolanos y venezolanas.

MIS SALUDOS BACHILLERES, DE LAS SECCIONES 02 Y 03, LES DESEO UNA FELIZ NAVIDAD Y UN GRANDIOSO AÑO NUEVO 2010, QUE LA PROSPERIDAD, AMOR Y SALUD, IRRADIE EN TODOS SUS HOGARES Y LOS COLME DE LA FELICIDAD MAS INMENSA.

ESTE  ES EL MATERIAL DE LA UNIDAD V Y EL PROYECTO DE LA LEY DE SERVICIOS PUBLICOS.

servido por nilda gioconda 61 comentarios compártelo

61 comentarios · Escribe aquí tu comentario

Lucmar Méndez

Lucmar Méndez dijo

Feliz Navidad y un prospero año nuevo profe, son mis mas sinceros deseos en esta navidad, que la pase muy bien junto a sus seres queridos..., Ya tome nota del material...

Lucmar Méndez
C.I. 12.076.593
Sección G-002-D
Administración y Gestión Municipal

31 Diciembre 2009 | 05:27 AM

anyis crespo

anyis crespo dijo

hola profe espero que este bien feliz año nuevo que todo sus deseo se cumplan para este nuevo año esta es mi asistencia

anyis crespo
CI:19108969
SECCION g-002-d
administracion gestion municipal

31 Diciembre 2009 | 11:18 PM

Maria Leal

Maria Leal dijo

maria leal C.I:; 18.686.890 seccion g-002-d de admon gestion municipal...

hola profesora qeria agradecerle el a ver ido a nuestro compartir de fin de año, la pasamos muy bueno, muchisimas gracias...le deseo de todo corazon q Dios la llenes de muchas bendiciones y q este año 2010 sea lleno de salud, amor, paz y felicidad...feliz año...

1 Enero 2010 | 02:18 AM

graciela rodriguez

graciela rodriguez dijo

hola profe feliz año nuevo esta es mi asistencia
graciela rodriguez
CI:18661472
seccion g- 002-d
administracion gestion municipal

1 Enero 2010 | 07:37 PM

yasnedalit noguera

yasnedalit noguera dijo

hola profe feliz año nuevo esta es mi asistencia
yasnedalit noguera
CI:18360808
seccion g002-d
administracion gestion municipal

1 Enero 2010 | 07:41 PM

Adriana Olmos

Adriana Olmos dijo

Hola profesora feliz año espero que dios la bendiga y la colme de salud, prosperidad, armonia, amor, de mucha paz y felicidad...

Esta es ma asistencia...

Adriana Olmos
19.365.612
Seccion: G-003-D

Admon Municipal

4 Enero 2010 | 08:36 PM

Daicy Ortiz

Daicy Ortiz dijo

Hola profesora buenas tardes...

Feliz año espero que dios todopoderoso la bendiga a usted y su familia; y los colme de salud, prosperidad, amor, armonia, de mucha paz, felicidad y prosperidad, esos son mis deseos para usted y su familia...

Esta es ma asistencia...

Daicy Ortiz
16.784.718
Seccion: G-003-D

Administracion y Gestion Municipal

4 Enero 2010 | 08:44 PM

Karla Diaz

Karla Diaz dijo

Karla Diaz
C.I 16-044.603
Seccion:003-d
Hola profesora feliz año para usted y toda la familia. mis mejores deseos para ustedes.....

4 Enero 2010 | 08:59 PM

Marielbys

Marielbys dijo

Feliz Año profesora, espero que este nuevo año la colme de muchas bendiciones...... Dios la Bendiga.

Gracias por el material..... Este es mi asistencia

Marielbys Baldallo 18.533.649
Seccion 03

6 Enero 2010 | 01:52 AM

Francys Yucci

Francys Yucci dijo

Buenas Noche, prof espero que se encuentre bien.

Francys Yucci
17.173.823
Admón y Gestión M.
G-002-d

6 Enero 2010 | 02:09 AM

Yajaira Guerra

Yajaira Guerra dijo

Buenas tardes prof. Gracias por sus buenos deseos!!! igualmente deseo para usted que este año sea de muchas bendicioes para usted y para sus seres queridos. Con cariño, yajaira =).

Yajaira Guerra
12.127.064
ADGM
VI sEM G-002-D

6 Enero 2010 | 07:02 PM

yanderi chavez

yanderi chavez dijo

hola profe esta es mi asistencia que este bien gracias yanderi chavez 17073119seccion03

6 Enero 2010 | 08:41 PM

Vanessa Valera

Vanessa Valera dijo

Buenas tardes profesora esta es mi asistencia . FELIZ AÑO NUEVO....
vanessa valera
CI:17193777
sección g-003-d

6 Enero 2010 | 11:42 PM

Aracelis ROjas

Aracelis ROjas dijo

Buenas tarde profe! esta es mi asistencia.
aracelis rojas
15.418.414
seccion:g003d

7 Enero 2010 | 05:27 PM

Lucy Castilla

Lucy Castilla dijo

Buenas noches profesora, gracias por su mensaje y de igual manera deseo que este nuevo año traiga mil bendiciones para usted y su familia y que Dios le conceda sus deseos y pueda cumplir todas las metas que se proponga. Que Dios la Bendiga...

9 Enero 2010 | 02:44 AM

Daniel Barrios

Daniel Barrios dijo

Hola profe feliz año para usted tambien..... espero que este año este lleno de mil bendiciones para usted y los suyos
es Daniel Barrios
seccion G-003_d

9 Enero 2010 | 03:15 PM

Jesus Anselmi

Jesus Anselmi dijo

muy buenos dias profesora feliz año espero este muy bien compartiendo y disfrutando estos dias de vacaciones con su familia y amistades.

Jesus David Anselmi b.
C I: 16.993.654
Seccion G-003 Administracion Gestion Municipal
6to semestre

9 Enero 2010 | 03:15 PM

Alner Caldenas

Alner Caldenas dijo

Vuenas taldes profe como esta felis año esta es mi asistensia
Alner Caldenas
Secion G003 Abministracion Gestion munisipal

9 Enero 2010 | 03:52 PM

Jose Navas

Jose Navas dijo

Buenos dias profesora feliz año como esta?
Mi asistencia
Jose NAvas
Administracion Gestion Municipal 6to semestre

9 Enero 2010 | 03:57 PM

Keily Lopez

Keily Lopez dijo

Hola profesora espero que haya recibido un feliz año lleno de bendiciones para usted y los suyos.

Keily Lopez
C.I 15.418.430
Sección G-003- Admón. y Gestión Municipal

9 Enero 2010 | 10:19 PM

pedro faneites

pedro faneites dijo

buenos dias profe feliz navidad y feliz año 2010 que dios la bendiga y la llene de muchas bendiciones esperando que este año benga con muchos mas exito que el año pasado soy pedro faneites de la seccon 03 de adm municipal 17191302

10 Enero 2010 | 04:50 PM

abner cardenas

abner cardenas dijo

Buenas tarde profesora espero que se encuentre bien le deseo feliz año 2010. este mi asistencia
abner Cardenas
17032195
Seccion G-003 Administracion Gestion Municipal
6to semestre

11 Enero 2010 | 08:50 PM

Carolina Vega

Carolina Vega dijo

Hola prof espero que encuentre bien, que este nuevo año este lleno de muchas bendiciones, salud y mucha paz. Esta es mi asistencia

Carolina Vega
C.I: 17.398.913
seccion:002

12 Enero 2010 | 03:06 AM

Josdaly Guevara

Josdaly Guevara dijo

Hola profe. Feliz Año para usted y los suyo gracias por su msj.

Josdaly Guevara
Seccion 002

12 Enero 2010 | 11:31 AM

ALVARADO STEFANI

ALVARADO STEFANI dijo

Buenos dias profesora feliz año nuevo deseo que la haya pasado muy bien estas navidades con su familia y espero que este año nuevo este lleno de bendiciones y alegría para usted y los suyos. Alvarado Stefani G- 02

12 Enero 2010 | 02:17 PM

Nersi Alcala

Nersi Alcala dijo

hola profesora...espero que la haya pasado bien rodeada de sus seres queridos y que este año nuevo le traiga muchas cosas buenas...

Nersi Alcala 156878453
AGM
Sección 002-D

12 Enero 2010 | 03:15 PM

Nersi Alcala

Nersi Alcala dijo

Hola profesora...!!! espero que la haya pasado bien, rodeada de sus seres queridos y que este nuevo año le traiga muchas cosas buenas...

Nersi Alcalá 15878453
ADM
Sección 002-D

12 Enero 2010 | 03:18 PM

Xavier Marquez

Xavier Marquez dijo

hola profesora...!!!espero que haya tenido una feliz navidad y que este nuevo año sea prospero para usted y su familia.

Xavier Marquez 16242279
AGM
Sección 003-D

12 Enero 2010 | 03:20 PM

Dubraska Rampini

Dubraska Rampini dijo

hola profe es dubraska rampini de la seccion 03 esta es mi asistencia...... feliz año nos vemos el viernes.......................

12 Enero 2010 | 07:11 PM

karina padilla

karina padilla dijo

hola profe gracias ya tengo el material tambien espero haya pasado de lo mejor la navidad nos vemos en clase cuidece. esta es mi asistencia
karina padilla 17.316.219
g002 agm

12 Enero 2010 | 08:37 PM

ISMAR RIVAS

ISMAR RIVAS dijo

hola profe mi aisitencia

12 Enero 2010 | 11:29 PM

Ericka Escobar

Ericka Escobar dijo

Buenos dias, Feliz Año; mi asistencia
Ericka Escobar 15.837.423
Admon. Municipal
Seccion:003

13 Enero 2010 | 05:11 PM

Naoma Surama

Naoma Surama dijo

Naoma Surama 14.287.179
Admon. y Gestion Muinicipal
Seccion; 001

Buenos dias esta es mi asistencia de la semana.

13 Enero 2010 | 05:42 PM

Bethsy Narvaez

Bethsy Narvaez dijo

Bethsy Narvaez
cl.16.453.490
Administración y Gestión Municipal
Sección: 003-D

hola profesora espero que alla pasado una feliz navidad y Dios le conseda todo lo que le pida nos vemos en clases..

13 Enero 2010 | 05:58 PM

DANAICETH RODRIGUEZ

DANAICETH RODRIGUEZ dijo

BUENAS TARDES PROFESORA ESTA ES MI ASISTENCIA.
DANAICETH RODRIGUEZ
CI 19000169
SECCION 002

13 Enero 2010 | 07:43 PM

Mary de Abreu

Mary de Abreu dijo

Buenas tardes profe esta es mi asistencia..
Nombre: Mary de Abreu
C.I: 19.001.284
Sección: G-002-D
Administración y Gestión Municipal

13 Enero 2010 | 07:47 PM

DESIRET PINTO

DESIRET PINTO dijo

Hola profe buenas tardes esta es mi asistencia..
Nombre: DESIRET PINTO
CI: 18.167.281
Sección: G-002-D
ADMON Y GESTIÓN MUNICIPAL.

13 Enero 2010 | 07:56 PM

Delsys Theis

Delsys Theis dijo

hola profe como esta esta es mi asistencia saludos espero haya disfrutado mucho este tiempo de compartir y demostar cuanto nos amamos saludos Dios la bendiga

Delsys Theis
CI:19523992
Admón y Gest. Mun.
Sección: G-002-D

13 Enero 2010 | 08:06 PM

yazmin perez

yazmin perez dijo

buenas tardes prof
esta es mi asistencia
yazmin perez
CI13988094
seccion002 admon ygestion municipal

13 Enero 2010 | 08:18 PM

lady mendoza

lady mendoza dijo

mendoza lady g003 17778115 mi asistecia

14 Enero 2010 | 05:22 PM

MARYURI MARTIN

MARYURI MARTIN dijo

HOLA PROFE FELIZ AÑO ESTA ES MI ASISTENCIA ES MARYURI MARTIN CI:17064682
SECCION G002 DE ADMINISTRACION

14 Enero 2010 | 05:23 PM

Marieth Zambrano

Marieth Zambrano dijo

HOLA PROFE FELIZ AÑO LE DESEO LO MEJOR EN ESTE NUEVO AÑO ... DIOS LA BENDIGA...MARIETH ZAMBRANO C.I:18.611.637 G-002-D

14 Enero 2010 | 09:23 PM

ARRIETA DIEGO

ARRIETA DIEGO dijo

FELIZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZ AÑO JEEEE....
AHORA SI MAS SERIO...
BUENAS TARDES PROFESORA, ESTA ES MI ASISTENCIA...
ARRIETA DIEGO 17742504
AMODN Y GEST MPAL 6TO SEM.
HASTA MAÑANA....

14 Enero 2010 | 11:41 PM

VANESSA MELENDEZ

VANESSA MELENDEZ dijo

hola profe gracia por el material
vanessa melendez
18303039
g-002-d
AGM

15 Enero 2010 | 02:10 AM

RAIMARY ALBA

RAIMARY ALBA dijo

BUENO AUNQUE EN ESA SEMANA DE DICIEMBRE ESTABAMOS DE VACACIONES GRACIAS POR EL MATERIAL Y ESPERO QUE LA HALLA PASADO SUPER EN SU VIAJE

15 Enero 2010 | 02:31 AM

YULEIDI RODRIGUEZ

YULEIDI RODRIGUEZ dijo

HOLA PROFE ESTA ES MI ASISTENCIA.
YULEIDI RODRIGUEZ
CI 18684459
SECCION 002 ADMINISTRACION.

15 Enero 2010 | 07:19 PM

Yenifer López

Yenifer López dijo

hola profe esta es mi asistida.
YENIFER LOPEZ
G-003-D
19990851

15 Enero 2010 | 07:37 PM

GABRIEL GIL

GABRIEL GIL dijo

BUENAS TARDE PROFESORA, ES GABRIEL GIL C:I 19.840.846, DE LA SECC G-003-D DE ADMÓN Y GETIÓN MUNICIPAL. ESTA ES MI ASISTIDA.

15 Enero 2010 | 07:40 PM

yenire lugo

yenire lugo dijo

buenas tarde es yenire lugo de la seccion G_002_D
Administracion gestion municipal

15 Enero 2010 | 09:46 PM

Mirelis Chacon

Mirelis Chacon dijo

Hola profe esta es mi asistencia.
Mirelis Chacon C.I: 17.552.561
Admon y Gestion Municipal.

15 Enero 2010 | 10:03 PM

Página 1 de 2

Los comentarios están cerrados


Crea tu blog gratis en La Coctelera