28 Enero 2012
SERVICIOS PUBLICOS Y GESTION DE OBRAS:
1. QUE ES LA CONSULTA PÚBLICA.
2. EN QUE ARTICULO Y COMO PREVE LA CONSTITUCION LA CONSULTA PÚBLICA.
3. LEYES QUE ME ESTABLECEN LA PARTICIPACION CIUDADANA COMO UN MECANISMO DE CONSULTA PUBLICA.
4. QUE LEY SANCIONA POR NO SOMETER A CONSULTA PUBLICA LOS PROYECTOS NORMATIVOS.
5. NORMAS QUE PERMITEN DENTRO DEL MUNICIPIO IMPLEMENTAR LA CONSULTA PÚBLICA.
6, QUE ES LEGITIMACION JUDICIAL.
7. BASE CONSTITUCIONAL PARA EJERCER LA LEGITIMACION ACTIVA COMO CIUDADANO ANTE LOS ORGANO DE LA ADMINISTRACION Y ANTE LA PRESTACION DEL SERVICIO.
8. CUALES SON LAS GARANTIAS DEL USUARIO EN MATERIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS.
9. CUANTAS LEYES HABILITANTES SE HAN DICTADOS DURANTE EL PERIODO DEL PRESIDENTE HUGO CHAVEZ FRIAS.
10. QUE ES UN DECRETO DE RESTRICCIÓN, SUSPENSIÓN Y RESTITUCIÓN DE GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.
11. CUALES SON LAS FORMAS DE CONTROL DE LOS MUNICIPIOS EN CUANTO A LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO.
12. A QUE SE REFIERE CUANDO HABLAMOS DE MANDAMIENTO JUDICIAL.
ALUMNOS QUE VAN A PRESENTAR:
1. GRATEROL, STEPHANY.
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2. ALBORNOZ DE CARDENAS
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CARMEN LILIA
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3. ALEMAN GIL
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JOSE LUIS
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4. ALVAREZ REYES
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ELIZABETH
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5. ARANAGA TRIVIÑO
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YLNELHERCHRIS TERESA
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6. ARREAZA REAZA
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JULIO NICOLAS
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7. CATIRE UZCATEGUI
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BELKYS ROSA
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8. CORZO MUÑOZ
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YEIXNI MIXLLER
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9. DIAZ RAMOS
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KEILIS MILAGROS
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10. GUERRERO AGUDO
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YASELYN TAMARA
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11. HENRIQUEZ MORENO
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SANDRA MERLY
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12. HERNANDEZ ROMERO
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NAILETH DAYANA
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13. HERNANDEZ FARIAS
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EMILY LUISETH
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14. JORDAN QUINTERO
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MARIA A.
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15. LEAL ESCALONA
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MARYURIS JOSEFINA
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16. MUÑOZ ESCOBAR
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DUVELIS YANISMAR
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17. NARVAEZ BANDRES
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JHONATHA ENRIQUE
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18. PARRA RODRIGUEZ
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MARIANLLELY CECILIA
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19. PERAZA OJEDA
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JHONNY FRANCISCO
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20. TORO GASTELO
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DAYANA YUDEXI
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21. TORRUELLAS VARELA
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NELSON REIMALDO
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22. VELIS DE LA HOZ
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DANNIS DAYANA
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SUERTE, Y FELIZ SEMANA.
servido por nilda gioconda
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14 Enero 2012
INVESTIGACION PARA REALIZAR TALLER EN AULA MARTES 17 Y 24 DE ENERO DE 2012.
5.1. LA CONSULTA PUBLICA.
INVESTIGAR QUE ES CONSULTA PÚBLICA.
BASE CONSTITUCIONAL DE LA CONSULTA PÚBLICA.
LEYES QUE ME ESTABLECEN LA PARTICIPACION CIUDADANA COMO UN MECANISMO DE CONSULTA PUBLICA.
SANCIONES DE LEY POR NO SOMETER A CONSULTA PUBLICA LOS PROYECTOS NORMATIVOS.
NORMAS QUE PERMITEN DENTRO DEL MUNICIPIO IMPLEMENTAR LA CONSULTA PUBLICA.
A QUE SE REFIERE LA LOAP SOBRE LA CREACION DEL REGISTRO DE COMUNIDADES ORGANIZADAS Y ORGANIZACIONES PUBLICAS NO ESTADALES, DIGA LAS CONDICIONES PARA REGISTRARSE.
5.2. LEGITIMACION JUDICIAL.
QUE LEY ME CONSAGRA ESTE TIPO DE DERECHO SOBRE UN PARTICULAR.
BASE CONSTITUCIONAL PARA EJERCER LA LEGITIMACION ACTIVA COMO CIUDADANO ANTE LOS ORGANO DE LA ADMINISTRACION Y ANTE LA PRESTACION DEL SERVICIO.
GARANTIAS DEL USUARIO EN MATERIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS.
5.3 LEYES HABILITANTES Y LOS DECRETOS DICTADOS DURANTE EL PERIODO DEL PRESIDENTE HUGO CHAVEZ FRIAS.
5.4 QUE ES UN DECRETO DE RESTRICCIÓN, SUSPENSIÓN Y RESTITUCIÓN DE GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.
FELIZ AÑO NUEVO QUE ESTE 2012 LES PROPORCIONE LOS DESEOS MÁS ANHELADOS Y SE CRISTALIZEN LOS LOGROS DE SUS CONQUISTAS.
FELIZ SEMANA.
servido por nilda gioconda
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15 Noviembre 2011
1.- EXPLIQUE TRES (3) INNOVACIONES DE LA LEY DE TELECOMUNICACIONES.
2.- DIGA CUALES SON LAS DOS INSTITUCIONES ENCARGADAS DE REGULAR LOS SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA EN COLOMBIA.
3.- EXPLIQUE TRES (3) INNOVACIONES DE LA LEY DE HIDROCARBUROS.
4.- DIGA CUALES SON LOS DESAFIOS QUE ENFRENTA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA EN ARGENTINA.
5.- DIGA CUALES SON LAS CARACTERISTICAS DEL ABASTECIMIENTO DE AGUA EN ECUADOR.
6.- DIGA CUALES SON LOS PROBLEMAS QUE ENFRENTA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA EN MEXICO.
7.- DIGA CUALES SON LAS CARACTERISTICAS DEL ABASTECIMIENTO DE AGUA EN CHILE.
8.- EXPLIQUE COMO ES EL MERCADO DEL GAS EN ARGENTINA.
9.- CUALES SON LOS PAISES QUE RECIBEN GAS DE BOLIVIA.
10.- DIGA CUAL ES LA EMPRESA ENCARGADA DEL GAS EN COLOMBIA.
11.- DIGA EN QUE CONSISTE EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE ENDESA EMPRESA CHILENA Y EL CONSORCIO CMS ENERGY.
12.- EXPLIQUE BREVEMENTE COMO ES EL SECTOR ELECTRICO EN COLOMBIA.
13.- EXPLIQUE BREVEMENTE COMO ES EL SECTOR ELECTRICO EN PERU.
14.- EXPLIQUE BREVEMENTE COMO ES EL SECTOR ELECTRICO EN CHILE.
15.- EXPLIQUE BREVEMENTE COMO ES EL SECTOR ELECTRICO EN ARGENTINA.
16.- EXPLIQUE BREVEMENTE COMO ES EL SECTOR ELECTRICO EN MEXICO.
17.- EXPLIQUE BREVEMENTE COMO ES EL SECTOR ELECTRICO EN BOLIVIA.
18.- EXPLIQUE BREVEMENTE COMO ES EL SECTOR ELECTRICO EN REPUBLICA DOMINICANA.
19.-EXPLIQUE BREVEMENTE COMO ES EL SECTOR DE LAS TELECOMUNICACIONES EN ARGENTINA.
20.- EXPLIQUE BREVEMENTE COMO ES EL SECTOR DE LAS TELECOMUNICACIONES EN REPUBLICA DOMINICANA.
21.- EXPLIQUE BREVEMENTE COMO ES EL SECTOR DE LAS TELECOMUNICACIONES EN CHILE.
BUENA SUERTE. FELIZ SEMANA.
servido por nilda gioconda
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31 Octubre 2011
SECTOR ELÉCTRICO EN CHILE:
El sector eléctrico en Chile se basa principalmente en la generación térmica (60% de la capacidad instalada), fuentes de energía hidráulica que compensan la capacidad faltante (39,6%) y fuentes renovables que tienen una presencia insignificante. Debido a que Chile se está enfrentando a cortes de gas natural que podrían poner en peligro el suministro de electricidad, actualmente está construyendo su primera terminal de GNL para asegurar el suministro para sus plantas de energía térmica a gas existentes y futuras. Además, ha iniciado la construcción de varias plantas nuevas de energía hidráulica y térmicas a carbón.
La exitosa reforma del sector eléctrico de Chile, que sirvió como modelo para otros países, se llevó a cabo en la primera mitad de la década de los 80. La desagregación vertical y horizontal de la generación, transmisión y distribución, y la privatización a gran escala, condujo al aumento de la inversión privada. Sin embargo, en los últimos años, realizar una modificación sustancial en la Ley general de servicios eléctricos para adaptarla a los desarrollos del sector de los últimos 20 años se ha vuelto una necesidad acuciante.
SECTOR ELÉCTRICO EN ARGENTINA:
El sector eléctrico en Argentina constituye el tercer mercado energético de América Latina. Depende principalmente de la generación térmica (54% de la capacidad instalada) y de la generación hidroeléctrica (41%). Las nuevas tecnologías de energía renovable están muy poco explotadas. El país aún tiene un gran potencial hidroeléctrico sin explotar. Sin embargo, la generación térmica predominante por combustión de gas natural está en riesgo debido a la incertidumbre sobre el abastecimiento futuro de gas.
Ante la creciente demanda de electricidad (más del 6% anual) y los márgenes de reserva cada vez menores, el gobierno de Argentina está en proceso de encargar grandes proyectos, tanto en el sector de la generación como en el de la transmisión. Se estima que para satisfacer la demanda creciente se necesitará aumentar la capacidad de generación en 1.000 MW por año. Una cantidad importante de estos proyectos es financiada por el gobierno mediante fideicomisos, mientras que la iniciativa privada aún es limitada ya que no se ha recuperado del todo de los efectos de la crisis económica argentina (1999-2002). La necesidad de aumentar las bajas tarifas residenciales actuales, que habían sido congeladas como respuesta a la crisis, sigue siendo un problema político controvertido sin resolver.
Las reformas impuestas a principios de la década de los 90 dividieron el sector eléctrico en generación, transmisión y distribución. La generación tiene lugar en un mercado competitivo y mayormente liberalizado, con el 75% de la capacidad de generación en manos de compañías privadas. Por el contrario, los sectores de la transmisión y la distribución están altamente regulados y son mucho menos competitivos que el sector de la generación.
Política y regulación
La Secretaría de Energía (SENER) es la responsable de fijar las políticas, mientras que el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) es el organismo independiente, dentro de la Secretaría de Energía, que tiene la responsabilidad de aplicar el marco regulatorio establecido por la ley 26.046 de 1991. El ENRE tiene a su cargo la regulación y supervisión general del sector bajo control federal. Los organismos reguladores provinciales controlan el resto de las empresas de suministro. El ENRE y los reguladores provinciales fijan las tarifas y supervisan que los agentes de transmisión y distribución regulados cumplan con las normas de seguridad, calidad, técnicas y ambientales. CAMMESA (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico) es quien administra el mercado eléctrico mayorista. Sus principales funciones incluyen la operación y despacho de la generación y el cálculo de precios en el mercado spot, la operación en tiempo real del sistema eléctrico y la administración de las operaciones comerciales en el mercado eléctrico.
El Consejo Federal de la Energía Eléctrica (CFEE), creado en 1960, también cumple un papel muy importante en este sector. Es el administrador de los fondos específicamente dedicados a las operaciones en electricidad (por ejemplo, el Fondo Nacional de Energía Eléctrica, véase Desarrollos recientes más adelante) y también asesora a los gobiernos nacional y provinciales en asuntos relacionados con la industria de la energía, servicios de energía públicos y privados, prioridades en la ejecución de nuevos proyectos y estudios, concesiones y autorizaciones, y tarifas y precios de la electricidad. También asesora sobre modificaciones en la legislación del sector energético.
El sector de la energía de Argentina es uno de los más competitivos y desregulados de América del Sur. Sin embargo, el hecho de que la Secretaría de Energía tenga poder de veto sobre CAMMESA hace que exista una capacidad potencial de alterar el funcionamiento del mercado competitivo. Las funciones de generación, transmisión y distribución están abiertas al sector privado, aunque existen restricciones a la propiedad cruzada de estas tres funciones. La legislación argentina garantiza el acceso a la red a fin de crear un entorno competitivo para permitir que los generadores sirvan a clientes de cualquier lugar del país.
SECTOR ELÉCTRICO EN MÉXICO:
El sector eléctrico en México se considera estratégico para la soberanía nacional. Por lo tanto, hay ciertas limitaciones para la participación privada y se permite a las empresas extranjeras operar en el país sólo a través de contratos de servicio específicos. Según establece la Constitución, el sector eléctrico es de propiedad federal y es la Comisión Federal de Electricidad (CFE) quien controla esencialmente todo el sector. Los intentos de reformar el sector se han enfrentado tradicionalmente a una gran resistencia política y social en México, donde los subsidios para consumidores residenciales absorben considerables recursos fiscales.
El sector eléctrico en México se basa en gran medida en fuentes térmicas (74% de la capacidad instalada total), seguido por la generación hidroeléctrica (22%). Aunque la explotación de recursos solares, eólicos y biomasa cuentan con un gran potencial, la energía geotérmica es el único recurso renovable (excluyendo la hidroeléctrica) con una contribución considerable a la matriz de energía (2% de la capacidad de generación total). Los planes de expansión para el período 2006-2015 suponen la incorporación de unos 24.000 MW de nueva capacidad de generación, con un predominio de ciclos combinados.
Política y regulación
La Secretaría de Energía (SENER) está a cargo de la definición de las políticas energéticas del país dentro del marco definido por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) es, desde 1995, la principal agencia reguladora de energía del sector eléctrico y de gas. Sin embargo, las atribuciones de la CRE son limitadas ya que la CFE (Comisión Federal de Electricidad) y LFC (Luz y Fuerza del Centro) se encuentran fuera de su ámbito.
SECTOR ELÉCTRICO EN BOLIVIA:
El sector eléctrico en Bolivia fue privatizado a principios de los 90 y se dividió en generación, transmisión y distribución]. El suministro está dominado por la generación térmica (60%), mientras que la hidroeléctrica (40%) tiene menor presencia en la matriz de generación si se compara con otros países sudamericanos (la capacidad hidroeléctrica media de ALyC es del 51%). La cobertura de electricidad en áreas rurales se encuentra entre las más bajas de América Latina y mejorar este aspecto es un importante desafío para el futuro que necesita del esfuerzo conjunto de los sectores público y privado. Como en otros países, el sector eléctrico de Bolivia está formado por el Sistema Interconectado Nacional (SIN) y sistemas aislados de la red (conocidos como Aislado).
Política y regulación
El Viceministerio de Electricidad y Energías Alternativas, dentro del Ministerio de Hidrocarburos y Energía, es el encargado de establecer las políticas y de diseñar la regulación para el sector eléctrico. La Superintendencia de Electricidad (SE) es la responsable de aplicar la regulación.
Las compañías que pertenecen al Sistema Interconectado Nacional (SIN) deben estar verticalmente separadas. Sin embargo, las compañías del sistema Aislado tienen permitido realizar más de una de las actividades definidas dentro del sector de la electricidad (es decir, generación, transmisión y distribución).
Generación
En la actualidad hay ocho compañías generadoras en el sistema interconectado; todas son privadas. Las tres compañías más grandes juntas representan el 70% de la generación total. La mayor compañía que suministra al SIN es la Compañía Boliviana de Energía Eléctrica (COBEE), que provee suministro a la región que rodea a La Paz. Las otras dos son la Empresa Eléctrica Guarachi (EGSA) y la Empresa Eléctrica Corani (CORANI).
Transmisión
En la actualidad hay dos compañías de transmisión en el SIN, la Transportadora de Electricidad (TDE), propiedad de la española Red Eléctrica de España (REE), e ISA Bolivia, que fue creada en 2005. ISA Bolivia, que maneja el 53% de la red de distribución en Bolivia, es una filial de Interconexión Eléctrica S.A. (ISA), corporación controlada por el gobierno de Colombia. La cantidad de empresas es limitada por la existencia de barreras institucionales para el ingreso a este sector.
Distribución
En Bolivia, las seis compañías de distribución eléctrica tienen monopolios naturales en sus áreas de concesión.[2] La compañía más grande es Electropaz, con participación mayoritaria de la española Iberdrola, seguida de la Empresa de Luz y Fuerza Eléctrica Cochabamba (ELFEC), que fue propiedad de la norteamericana PPL (servicios)PPL Global hasta 2007. El tercer lugar lo ocupa la Cooperativa Rural de Electrificación (CRE), que opera en el Departamento de Santa Cruz[3]
En algunos casos, especialmente en el altiplano, las cooperativas y organizaciones comunitarias acceden a la red de las empresas de distribución y venden electricidad a pequeñas comunidades rurales. A veces, se trata de empresas organizadas que suministran el servicio a ciudades medianas, pero en la mayoría de los casos son pequeñas organizaciones que proveen a comunidades familiares. Esta situación se enfrenta con un vacío legal ya que los consumidores que se benefician de estos esquemas, que no consumen la energía mínima establecida legalmente, no pueden ser considerados regulados. Además, estos consumidores están ubicados fuera de las áreas de concesión de las compañías de distribución; por lo tanto, no pueden recibir el servicio de éstas. En la práctica, las empresas de distribución están revendiendo electricidad a las organizaciones mencionadas fuera del marco legal. No existe información precisa sobre la cantidad de organizaciones que operan en áreas rurales. Sin embargo, son aproximadamente tres en La Paz, veinte en Oruro y tres en Potosí.
SECTOR ELÉCTRICO EN LA REPÚBLICA DOMINICANA:
El sector de la energía en la República Dominicana ha sido tradicionalmente, y todavía lo es, un cuello de botella para el crecimiento económico del país. Una prolongada crisis eléctrica e ineficaces medidas correctivas han llevado a un círculo vicioso de apagones habituales, altos costos operativos de las compañías de distribución, grandes pérdidas (incluyendo robo de electricidad a través de conexiones ilegales), elevadas tarifas minoristas para cubrir estas ineficiencias, bajas tasas de cobro de boletas, una significativa carga fiscal para el gobierno a través de subsidios directos e indirectos, y costos muy altos para los consumidores, ya que muchos dependen de una electricidad alternativa autogenerada muy costosa. Según el Banco Mundial, la revitalización de la economía dominicana depende en gran medida de una importante reforma del sector.
Política y regulación
La Comisión Nacional de Energía (CNE) es el organismo a cargo de las políticas energéticas; una de sus mayores responsabilidades es la elaboración del Plan Nacional de Energía. La CNE presentó en 2004 el Plan Nacional de Energía para el período 2004-2015, así como el Indicative Plan of Electricity Generation (PIEGE)para el período 2006-2020.
La Superintendencia de Electricidad (SIE) es el ente regulador, mientras que el Organismo Coordinador (OC) fue creado para coordinar el despacho de electricidad.
La Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) es un conglomerado de empresas que reúne a todas las compañías de generación, transmisión y distribución que pertenecen al gobierno y los programas oficiales asociados del país. Está compuesta por:
- Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana, EGEHID;
- Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana, ETED;
- Unidad de Electrificación Rural y Suburbana, UERS;
- Programa de Reducción de Apagones, PRA;
- 50% de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte, EdeNorte;
- 50% de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, EdeSur; y
- 50% del conglomerado público de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, EdeEste.
EdeNorte y EdeSur pertenecen completamente al gobierno; el 50% de acciones restante es propiedad del Fondo Patrimonial de las Empresas (FONPER), también controlado por el gobierno. EdeEste es una compañía mixta, con participación pública y privada.
Generación
El 86% de la capacidad de generación se encuentra en manos privadas (excluyendo la autogeneración) y el 14% es de propiedad pública
Transmisión
El sistema de transmisión, que se encuentra bajo total responsabilidad de la compañía pública ETED (Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana), consta de 940 km de líneas de circuito simple de 138 kV que parten radialmente desde Santo Domingo hacia el norte, el este y el oeste.
Distribución
En la República Dominicana hay tres empresas de distribución. El gobierno es propietario de dos de ellas, EdeNorte y EdeSur, a través de la CDEEE (50%) y del Fondo Patrimonial de las Empresas (FONPER). También controla el 50% de la tercera, EdeEste (el otro 50% pertenece a Trust Company of the West (TCW), operada por AES Corporation, su comprador original). Las tres empresas prestan servicio a una cuota de mercado similar.
MODELOS DE REGULACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES EN ARGENTINA:
Servicios de telefonía e Internet:
El sistema de telefonía argentino fue privatizado durante la década del 90. Aún así, todavía muchas familias no disponen de teléfonos fijos. La privatización trajo consigo un cambio en los números de los teléfonos fijos y un marcado crecimiento en el mercado de la telefonía móvil desde la recuperación económica, ya que la gente prefiere un móvil barato que una línea fija.
- Líneas fijas : 8,9 millones (mayo de 2006)
- Móviles: 40 millones (102 cada 100 personas)
- Teléfonos Públicos: 158.100 (Febrero de 2006).
500.000 de esos teléfonos móviles pertenecen a chicos de 5 a 15 años.
La red de Telefonía doméstica se envía por repetidores de microondas de radio y un sistema de satélite con 40 estaciones en Tierra. En un mes de servicio hay 908.763.000llamadas locales, 188.869.000 llamadas interurbanas y 14.239.000 llamadas internacionales (Datos de febrero de 2006)
Las comunicaciones internacionales usan 3 Satélites: 3 Intelsat (En el Océano Atlántico, dos puntos de acceso cerca de Buenos Aires y el Atlantis II, que es un cable submarino. Pronto esto será reemplazado por cables de fibra óptica, pudiendo correr a 2,5 GB/s.
Monopolio de Compañías.
En los años 90, el sistema telefónico argentino (el cual era propiedad de ENTEL, compañía que pertenecía al estado) fue vendido a dos corporaciones privadas que querían invertir en Argentina: Telefónica, una empresa española, y la compañía italiana-argentina Telecom. El país se dividió en 2 zonas, cada compañía abastecía a una de manera exclusiva.
El estado fue otorgándole el control de la telefonía progresivamente. Al principio, les permitió que pudieran proporcionar llamadas internacionales, después telefonía móvil, y por último, proporcionar la telefonía al servicio doméstico.
Arnet es parte de Telecom, y se encarga de ofrecer Internet a los usuarios de dicha empresa. Por otra parte, compañías como Flash ofrecen a los usuarios de Telefónica y Telecom lo mismo que proporciona Arnet.
En el año 2007, las compañías Telecom (Arnet), Flash y Fibertel empezaron a sobrevender los servicios de Internet, provocando así la saturación del servicio en todo el país. La saturación (especialmente en las horas pico, de 9 a 23 horas) se refleja en la lentitud de navegación y descargas, tazas de ping demasiado altas en los juegos multiplayer, etc. Como el efecto, Fibertel y Flash han empezado a limitar las descargas P2P. Arnet, por su parte, disminuyó la inversión en el soporte técnico, contratando muchas veces a los operadores sin experiencia. Docenas de miles de los usuarios descontentos han hecho los reclamos, pero hasta el momento, 2008, ninguna de las compañías ha dado una solución.
Actualmente se encuentra en expansión una 3ª compañía de teléfonos, es Telmex, esta compania presta sus servicios por tecnología de LDMS (Local Multipoint Distribution Service Sistema de Distribución Local Multipunto). Ofrecen el servicio de crecimiento inmediato, que colocan una antena en la terraza y apuntan a una radiobase, luego dentro de la casa colocan las terminales de teléfono e Internet. Es un servicio muy prometedor si la empresa lo tomase en serio y pusiese mas celeridad con respecto a la solución de los problemas.
Televisión, Radio e Internet.
Radio
Emisoras de radio en sintonía...
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- AM: 260 (incluyendo 10 que se encuentran actualmente inoperativas)
- FM: Número desconocido (Probablemente haya más de 1000)
- Onda corta: 6 (dato del año 1998)
- Receptores de radio: 24 millones aproximadamente
Televisión.
- Emisoras (canales) de televisión: 42 (más 444 repetidores) (dato del año 1997)
- Televisores: 14 millones (2007)
- Código del país: AR
Internet.
Además de las conexiones a Internet pagadas a través de mensualidades (o por tarifas planas), en Argentina hay proveedores de Internet que tienen un acuerdo comercial con las compañías telefónicas. Este acuerdo consiste en que el usuario sufre un aumento leve en su tarifa a cambio de disfrutar de servicio telefónico y de internet.
El número de usuarios conectados a Internet por medio de un módem se ha reducido drásticamente en el año 2005. Esta reducción se debe al crecimiento de la conexión a internet por Banda ancha. A finales del año 2005, había 794.614 conexiones por banda ancha y 508.608 que se conectaban por módem. De estas conexiones, el 47.1% se localiza en Buenos Aires, el 26.4% en la provincia de Buenos Aires, el 7.1% en Santa Fe y el 6.4% enCórdoba.
Se incorporaron a finales de 2005 192.279 nuevas conexiones, de ellas sólo 59.179 corresponden a nuevas conexiones a través de módem. De estas nuevas conexiones, el 47,1% se localizan en Buenos Aires, el 26.4% en la provincia de Buenos Aires, el 7,1% en Santa Fe y el 6,4% en Córdoba.
El número de cuentas de Correo electrónico se calcula en 3.750.000 con un tráfico mensual estimado de 653 millones de mensajes.
El dominio que se usa en Argentina es .ar.
Los principales canales televisivos que transmiten desde Buenos Aires son: Canal Trece, América TV, Telefe,Canal 9 y Canal 7, siendo este último de propiedad estatal y el único de alcance totalmente nacional. Aun así, los demás suelen ser retransmitidos, en todo o en parte, por canales provinciales. También hay un canal educativo y estatal, Encuentro. Asimismo, Argentina se destaca por poseer una gran oferta de canales detelevisión por cable. Según datos de 2001, la gran mayoría de los hogares posee televisión y el 54% cuenta con TV por cable, una de las penetraciones más altas de América Latina.
En marzo de 2008, se estimaba que el parque de computadoras en Argentina era de 7 millones. A finales de2007, la disponibilidad de internet alcanzó al 39.7 % de la población, con más de 16 millones de usuarios, y las conexiones por banda ancha en marzo de 2008 llegaron a 2.557.413 (penetración sobre el 6,6% de la población), siendo una de las tasas más altas de la región.
El servicio de comunicaciones telefónicas fue privatizado en 1990 bajo el gobierno de Carlos Menem. Hay 8,3 millones de líneas telefónicas instaladas, en una proporción de 23 líneas para cada grupo de 100 habitantes. La tasa de penetración de telefonía móvil es de 102 teléfonos celulares por cada 100 personas, con un total de 40 millones de líneas. Este número elevado se debe, en parte, a que personas de bajo nivel adquisitivo pudieron en los últimos años acceder a los planes de pago.
El servicio postal, que cubre todo el país, es de propiedad mixta (privada y estatal). El principal exponente del sector es el Correo Argentino.
Hay casi 1500 estaciones de radio, de las cuales 260 son AM, aproximadamente 1150 son FM.
Diarios
Circulan en la Argentina más de 200 diarios, de los cuales los más vendidos son publicados en Buenos Aires:Clarín (el de mayor circulación) y La Nación. Algunos de los principales periódicos del interior del país son: Los Andes de Mendoza, La Capital de Mar del Plata, La Capital de Rosario, El Día (Argentina) de La Plata, La Gaceta - Tucumán de Tucumán, La Nueva Provincia de Bahía Blanca, Cuyo de San Juan y La Voz del Interior deCórdoba.
MODELOS DE REGULACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES EN PARAGUAY:
Telecomunicaciones
La mayoría de los teléfonos fijos paraguayos están instalados en Asunción, Encarnación y Ciudad del Este, este servicio es proveído por la empresa Copaco (Compañía Paraguaya de Comunicaciones), que también provee servicios de Internet y transmisión de datos. El servicio de Internet es proveído, además; por numerosas empresas privadas de ISP, que ofrecen servicios de Dial-up, Wireless, ADSL y WiMAX.
Paraguay cuenta con cuatro empresas proveedoras de telefonía celular: Tigo, Personal, Vox y Claro; las cuales ofrecen cobertura a más del 95% del territorio en las zonas pobladas del país, según las últimas estadísticas. Estas operadoras ofrecen servicios telefonía celular y transmisión de datos con tecnologías GSM, EDGE, 3G(UMTS) y 3.5G (HSDPA).
Las cuatro compañías de telefonía móvil aumentaron 16% sus ventas en el primer trimestre del 2009, lo totalizan 5.954.388 de líneas celulares a nivel país. Por lo tanto el 99.99% de la población paraguaya posee unalínea celular (móvil), que reflejan el logro en el avance de las telecomunicaciones y el constante crecimiento de la economía en este sector.
Estaciones de radio
Existen una gran cantidad de emisoras radiales privadas en Paraguay, la mayoría integrantes de holdings, que operan en AM y FM, siendo las principales Ñandutí AM, Cardinal AM, Rock&Pop FM y Estación 40 FM, éstas dos primeras de cobertura casi total del territorio poblado del país. La Radio Nacional del Paraguay es una radio emisora pública de carácter estatal. Opera en AM y posee la mayor cobertura en el territorio.
Existen radioemisoras comunitarias alternativas sin fines de lucro que están a cargo de organizaciones comunitarias, que surgen de comunidades organizadas que las utilizan como herramientas para mejorar las condiciones de vida de sus comunidades y visualizar sus realidades con una línea editorial independiente. Estas radios están asociadas a la Asociación Paraguaya de Comunicación Comunitaria (COMUNICA).
Canales de televisión.
Existen en total 6 canales principales de aire y 2 de cable que transmiten desde Asunción o Gran Asunción a todo el país, y son:
- Red Guaraní (Canal 2)
- Telefuturo (Canal 4)
- Paravisión (Canal 5)
- SNT TV Cerro Corá (Canal 9)
- Latele (Canal 11)
- El Trece(Canal 13)
- Unicanal (Canal 8, Cable)
- Arandú Rapé (Cable)
Estos canales ofrecen programas de producción nacional en general, series, novelas, informativos, documentales entre otros.
Además de la incursión de la televisión digital paga, que da cobertura a toda el área metropolitana, dando como resultado canales de cable con programas y producciones nacionales que componen gran parte de la televisión nacional.
Existen además otros canales locales en otras ciudades, los cuales en su mayoría, están asociados con los canales citados más arriba para la emisión de programas.
MODELOS DE REGULACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES EN REPUBLICA DOMINICANA:
En el país existe el servicio de discado directo dentro del mismo, marcando los códigos de área 809 y 829. Varias compañías compiten ofreciendo servicios de telefonía local e internacional, líneas fijas y móviles, discado directo internacional, facsímiles, correo electrónico e internet, videoconferencias, datos, entre otros. El Instituto Dominicano de Telecomunicaciones (INDOTEL) es el organismo competente en esta materia.
Para septiembre de 2007, había 903.336 líneas telefónicas fijas instaladas, en una proporción de 9,9 líneas para cada grupo de 100 habitantes (teledensidad) y con un crecimiento anual de 0.1% (2006).
La telefonía móvil beneficia al 55% de la población (5,8 millones de personas) con un crecimiento anual de 27,1% (2006). Este número elevado se debe en parte a que personas de bajo nivel adquisitivo pudieron en los últimos años acceder a los planes prepagados y postpago.
En la República Dominicana se registran 287.163 cuentas de internet y 1.646.760 usuarios.
El servicio postal, que cubre todo el país, es de propiedad mixta (privada y estatal). El principal exponente del sector es el oficial Instituto Postal Dominicano (INPOSDOM).
La prensa juega un papel importante en el desarrollo de la comunicación dominicana, existen más de 100 emisoras en el país y aproximadamente 50 canales locales, aunque los más conocidos son: Tele Antillas canal 2, Certv canal 4, el cual es actualmente el canal oficial del estado dominicano conjuntamente con Quisqueya fm, Telemicro canal 5, Antena Latina canal 7, Color Visión canal 9, Telesistema canal 11, Telecentro canal 13, RNN canal 27, CDN canal 37, Teleamerica canal 45 y Mango TV, èsta última de videoclip. En la radio el país ha tenido un gran avance debido a la libre expresión de los comunicadores.
También este país, es el tercero mas avanzado en telecomunicaciones del mundo.
MODELOS DE REGULACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES DE CHILE:
Debido a las características geográficas del país, la red de transportes y el sistema de comunicaciones es de vital importancia.
Chile cuenta además con un moderno sistema de telecomunicaciones que abarca gran parte del territorio, incluyendo las bases antárticas y Chile insular. Existen más de 3,5 millones de líneas de telefonía fija y más de 12 millones 473 mil abonados a telefonía móvil (7,6 de 10 personas), teniendo la mayor tasa de uso de este servicio en Latinoamérica luego de su explosiva introducción al mercado desde 1997. De igual forma, tiene una de las tasas más altas de penetración de internet superando los 6 millones de usuarios.
MODELOS DE REGULACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES EN HONDURAS:
A través de La Gaceta del Gobierno, Morazán lanzó los primeros comunicados a nivel nacional en 1830. El periódico más antiguo de la era moderna es el diario La Prensa, fundado el 26 de octubre de 1964. Este diario, junto a El Tiempo, originan sus ediciones desde San Pedro Sula. Otros diarios importantes son El Heraldo y La Tribuna de Tegucigalpa. Así también, forman parte de la prensa escrita los diarios de internet como:HonduDiario.com y Proceso Digital.
Las primeras líneas telegráficas en el país se construyeron en 1876. Estas líneas llegaron a unir las ciudades de Comayagua y La Paz. Luego, se construyó la línea telegráfica para unir Comayagua con Tegucigalpa y en1880 se conectó a la red, la ciudad de San Pedro Sula. En 1928, la dirección General de Telegrafos pasó a llamarse Dirección General de Telegrafos y Teléfonos.
Las primeras concesiones del servicio telefónico, fueron otorgadas en 1891, pero el servicio automático comenzó en 1932 con la instalación de una central telefónica de 1000 líneas en Tegucigalpa.
En el año 2005 (durante el gobierno de Ricardo Maduro) se crea la telefonía para todos y el 25 de diciembre de ese mismo año se liberan las llamadas internacionales en el país.
Telefonía móvil
En 1996 durante el periodo de gobierno de Carlos Roberto Reina nace la primera compañía de telefonía celularCeltel utilizando la banda de 850 Mhz.
En el año 2001 se crea la segunda compañía de telefonía celular Megatel operando la banda de 1900 Mhz.
Tigo fue lanzado en Honduras en agosto de 2004, como parte de un proceso de integración de la marca nacional Celtel con las internacionales, siendo el mayor operador de telefonía móvil del país, cuenta con casi 4 millones de usuarios; Tigo compite con el operador regional Claro de América Móvil con servicios sobre redes AMPS/CDMA y GSM/GPRS, ambas en 850 MHz. TIGO cuenta también on la tecnología 3G que abarca un 30% de su cobertura actual estado situada en la ciudades más importantes del país.
Claro, la marca fue lanzada en El Salvador, Honduras y Nicaragua en septiembre de 2006 como un proceso de agrupación de las marcas PCS Digital, Alo, Personal y Enitel que operaban en la región. CLARO fue la primera empresa en lanzar la tecnología 3.5G con Cobertura limitada a Tegucigalpa, San Pedro Sula, Comayaguela y Ceiba. CLARO además cuenta con la tecnología GSM 1900 Mhz y servicios de valor agregado de 3G/EDGE/GPRS internet móvil.
Hondutel, en la administración del presidente Carlos Roberto Reina se le otorgo un contrato a la compañía Lucent Technologies de AT&T (American Telephone and Telegraph), para instalar el sistema Advanced Mobile Phone System (AMPS) en el corredor Tegucigalpa-San Pedro Sula, sin embargo en ese mismo año el Soberano Congreso Nacional, le otorgo a una empresa privada de telefonía móvil una concesión para explotar la telefonía celular, y se le prohíbe a Hondutel vender este producto a pesar que algunos funcionarios del gobierno ya hacían uso del sistema de la Empresa Estatal. Dicho servicio funciono en la banda 850 MHZ.
El 16 de julio de 2007 durante el gobierno del Presidente José Manuel Zelaya Rosales, la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones Hondutel, lanza oficialmente el servicio PCS móvil en la ciudad capital con el nombre de Tegucel utilizando tecnología GSM en 1800 Mhz, dicho servicio es el comienzo de la empresa estatal en el campo de telefonía móvil, con un costo de llamada de un lempira por minuto. Ahora Hondutel cuenta con cobertura en la ciudades principales de honduras con las marcas Tegucel, Sulacel, Ceibacel, Olanchocel yCopancel. Con cobertura muy limitada.
En el año 2008 entra al país la empresa Digicel alcanzando mayor cobertura que sus competencia Claro, Tigo y Hondutel. Digicel opera en la banda 1900 Mhz.
MODELOS DE REGULACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES EN COLOMBIA:
Colombia es uno de los primeros países en Latinoamérica en emprender el proceso de apertura del sector de telecomunicaciones y en iniciar la transición de un monopolio público hacia un mercado competitivo en los servicios de telecomunicaciones. Desde 1989 se han venido desarrollando intensamente procesos de liberalización y desregulación del sector, a través de profundos cambios en el marco institucional y regulatorio, con el objeto de incentivar la competencia y la participación del sector privado. En la actualidad hay competencia en la totalidad de los servicios de telecomunicaciones y libertad de entrada al mercado de la telefonía local. La entrada al mercado de los servicios de larga distancia, valor agregado y servicio portador está sujeta a la obtención de licencias.
Comisión de Regulación de Telecomunicaciones -CRT-
La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT) es el organismo estatal técnico del sector de telecomunicaciones, con independencia administrativa, patrimonial y técnica, que tiene el propósito de promover tanto el desarrollo del Sector como la prestación eficiente de los servicios de telecomunicaciones a todos los habitantes del territorio nacional, dentro de los lineamientos definidos por el Estado.
Comisión Nacional de Televisión.
La CNTV es una entidad estatal de origen constitucional, autónomo, que trabaja por la democratización, modernización, optimización y la calidad del servicio público de televisión en Colombia, para que éste eduque, recree e informe adecuadamente a los colombianos.
Regula, gestiona, controla y vigila la prestación de las diferentes modalidades del servicio público de televisión.
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Promueve la participación de los usuarios en la fiscalización de los servicios públicos mediante los Comités de Desarrollo y Control Social. La Superintendencia vigila y controla que las empresas de servicios públicos cumplan con las leyes y actos administrativos a los que estén sujetas. De acuerdo a lo anterior, evalúa la gestión financiera, técnica y administrativa de las empresas de acuerdo con los indicadores definidos por las Comisiones de Regulación.
Igualmente supervisa el cumplimiento tanto de los contratos entre los usuarios y estas empresas como de los requisitos técnicos estipuladas por los Ministerios para obras, equipos y procedimientos. Por último, verifica que los subsidios se destinen efectivamente a los usuarios de menores ingresos.
Ministerio de Comunicaciones.
Al Ministerio de Comunicaciones le corresponde ejercer las funciones de planeación, regulación y control de los servicios del sector de las telecomunicaciones, de los servicios informáticos y de telemática, de los servicios especializados de telecomunicaciones o servicios de valor agregado, de los servicios postales, etc., de acuerdo al numeral 1o. de la ley 72 de 1989 ." (sentencia C-189 de 1994 de la Corte Constitucional. Se lee en el artículo 1 de la ley 72 de 1989: "El Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Comunicaciones, adoptará la política general del sector de comunicaciones y ejercerá las funciones de planeación, regulación y control de todos los servicios de dicho sector, que comprende, entre otros: Los servicios de telecomunicaciones. Los servicios informáticos y de telemática. Los servicios especializados de telecomunicaciones o servicios de valor agregado. Los servicios postales." (Art. 1, L. 72/89)
SUERTE Y FELIZ FIN DE SEMANA.
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31 Octubre 2011
MODELOS DE REGULACIÓN EN AMÉRICA LATINA DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA Y TELECOMUNICACIONES.
SECTOR ELÉCTRICO EN COLOMBIA:
Colombia cuenta con un mercado energético liberalizado desde 1995. El sector se caracteriza por un marco que desagrupa generación, transmisión, distribución y comercialización.
La estructura del mercado energético colombiano se basa en las Leyes 142 (Ley de Servicios Públicos) y 143 (Ley de Electricidad) de 1994. El Ministerio de Minas y Energía es la principal institución del sector energético de Colombia. Dentro del Ministerio, UPME (Unidad de Planificación de Minería y Energía) es responsable del estudio de los futuros requerimientos de energía y escenarios de suministro, así como de la elaboración del Plan Nacional de Energía y Plan de Expansión.
CREG (Comisión de Regulación de Energía y Gas) está a cargo de regular el mercado para un suministro eficiente de energía. CREG define estructuras de tarifas para consumidores y garantiza libre acceso a la red, cobros de transmisión, y normas para el mercado mayorista, garantizando la calidad y confiabilidad del servicio y eficiencia económica. Entre otros, CREG es responsable de elaborar regulaciones que garanticen los derechos de los consumidores, la inclusión de principios de sostenibilidad ambiental y social, la mejora de la cobertura, y la sostenibilidad financiera de las entidades participantes.
La dotación de servicios públicos (agua, electricidad, y telecomunicaciones) a usuarios finales es supervisada por la Superintendencia de Servicios Públicos Residenciales que es independiente y es conocida como SSPD.
SECTOR ELÉCTRICO EN EL PERÚ:
El sector eléctrico en el Perú ha experimentado sorprendentes mejoras en los últimos 15 años. El acceso a la electricidad ha crecido del 45% en 1990 al 79% en 2006, a la vez que mejoró la calidad y la eficacia de la prestación del servicio. Estas mejoras fueron posibles gracias a las privatizaciones posteriores a las reformas iniciadas en 1992. Al mismo tiempo, las tarifas de electricidad han permanecido en consonancia con el promedio de América Latina.
Sin embargo, aún quedan muchos retos. Los principales son el bajo nivel de acceso en las áreas rurales y el potencial sin explotar de algunas energías renovables, en concreto la energía eólica y la energía solar, debido a un marco regulador inadecuado.
La capacidad actual de generación de electricidad está dividida de manera uniforme entre las fuentes de energía térmica e hidroeléctrica. El renovado y reciente dinamismo del sector eléctrico del país se basa en el cambio por plantas a gas natural, fomentado por la producción del campo de gas de Camisea en la selva amazónica.
El Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) abastece al 85% de la población conectada, con varios sistemas "aislados" que cubren el resto del país. A pesar de que la inversión en generación, transmisión y distribución en las áreas urbanas es principalmente privada, los recursos para la electrificación rural provienen únicamente de recursos públicos.
Política y regulación
La Dirección General de Electricidad (DGE), dependiente del Ministerio de Energía y Minas (MEM), está a cargo del establecimiento de políticas y regulaciones de electricidad y de otorgar concesiones. También es la responsable de elaborar los planes de expansión de la generación y la transmisión y tiene que aprobar los procedimientos pertinentes para el funcionamiento del sistema eléctrico.
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), creado en 1996 como OSINERG (las competencias sobre minería fueron agregadas en enero de 2007), está a cargo de la Ley de Concesiones Eléctricas (LCE) de 1992 y de asegurar el servicio público de electricidad. Además, el OSINERG es el organismo responsable de hacer cumplir las obligaciones fiscales de los licenciatarios según lo establecido por la ley y su regulación. Por último, es el responsable de controlar que se cumplan las funciones del Comité de Operación Económica del Sistema (COES) y de determinar semestralmente los porcentajes de la participación de las compañías en el mercado.
En 2000, OSINERG se fusionó con la Comisión de Tarifas Eléctricas (CTE), actualmente denominada Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART). Juntos, están a cargo de fijar las tarifas de generación, transmisión y distribución y las condiciones de ajuste de tarifa para los consumidores finales. También determinan las tarifas del transporte y la distribución de gas mediante gasoductos.
En el caso de la electrificación rural, la Dirección General de Electrificación Rural (DGER) está a cargo del Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER), que se enmarca en las pautas de las políticas establecidas por el Ministerio de Energía y Minas. La DGER está a cargo de la ejecución y coordinación de los proyectos en áreas rurales y regiones de pobreza extrema.
Finalmente, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) se encarga de controlar el cumplimiento de la Ley Antimonopolio y Antioligopolio de 1997
SECTOR ELÉCTRICO EN CHILE:
El sector eléctrico en Chile se basa principalmente en la generación térmica (60% de la capacidad instalada), fuentes de energía hidráulica que compensan la capacidad faltante (39,6%) y fuentes renovables que tienen una presencia insignificante. Debido a que Chile se está enfrentando a cortes de gas natural que podrían poner en peligro el suministro de electricidad, actualmente está construyendo su primera terminal de GNL para asegurar el suministro para sus plantas de energía térmica a gas existentes y futuras. Además, ha iniciado la construcción de varias plantas nuevas de energía hidráulica y térmicas a carbón.
La exitosa reforma del sector eléctrico de Chile, que sirvió como modelo para otros países, se llevó a cabo en la primera mitad de la década de los 80. La desagregación vertical y horizontal de la generación, transmisión y distribución, y la privatización a gran escala, condujo al aumento de la inversión privada. Sin embargo, en los últimos años, realizar una modificación sustancial en la Ley general de servicios eléctricos para adaptarla a los desarrollos del sector de los últimos 20 años se ha vuelto una necesidad acuciante.
CONTINUARA....
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31 Octubre 2011
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN ECUADOR:
La cobertura de agua potable y saneamiento en Ecuador aumentó considerablemente en los últimos años. Sin embargo, el sector se caracteriza por:
(i) bajos niveles de cobertura, especialmente en áreas rurales;
(ii) pobre calidad y eficiencia del servicio; y
(iii) una limitada recuperación de costos y un alto nivel de dependencia en las transferencias financieras de los gobiernos nacionales y subnacionales. Es más, existe una superposición de responsabilidades, tanto dentro del gobierno nacional como entre los distintos niveles gubernamentales.
Política y Regulación en Ecuador:
La Subsecretaría de Agua Potable, Saneamiento y Residuos Sólidos (SAPSyRS) del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI) está legalmente investida con la facultad de establecer políticas sectoriales. No obstante, no existe una definición clara de los roles y responsabilidades de los diferentes actores nacionales y subnacionales. Tampoco existe un ente autónomo regulador de los servicios de agua y saneamiento. Los actores en el sector incluyen al Fondo de Solidaridad, al Banco del Estado (BdE), al Fondo de Inversión Social de Emergencia (FISE), a las ocho Corporaciones Regionales de Desarrollo (que están enfocalizadas en el riego), a diversos ministerios del gobierno y gobiernos provinciales y municipales, entre otros.
A pesar de que Ecuador cuenta con una Política Nacional de Agua y Saneamiento (Decreto Ejecutivo No. 2766 del 30 de julio de 2002), dicha política está formulada en términos relativamente vagos y evita tomar una posición bien definida en cuanto a temas sensibles, como los subsidios a las inversiones en agua y saneamiento (por los gobiernos nacionales y subnacionales) y a quién debería recibirlos. Un Comité Interinstitucional de Agua y Saneamiento del Ecuador (CIASE) sirve de espacio de intercambio de experiencias en colaboración con el MIDUVI.
Provisión de servicios
Las 219 municipalidades del país son las responsables de la entrega de los servicios en los cascos urbanos municipales, ya sea directamente o a través de empresas municipales autónomas. En el año 2001, en Guayaquil se ha delegado el servicio a la empresa privada Interagua, a través de una concesión. La empresa prestadora municipal ECAPAG se convirtió al mismo tiempo en ente regulador de la empresa privada.
En áreas rurales más de 5,000 Juntas Administradoras de Agua Potable prestan los servicios. La mayoría sobreviven a su suerte en condiciones de abandono, debido a niveles de tarifas muy bajas, el descuido de las fuentes y una falta de una institución dedicada al apoyo a las Juntas hace la disolución del IEOS en 1992.
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN CHILE:
Los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento en Chile se caracterizan por sus altos niveles de cobertura y buena calidad. A diferencia de la mayoría de los demás países, el sector chileno de agua y saneamiento se distingue porque la mayoría de las empresas de abastecimiento urbano de agua son de propiedad privada o están operadas por actores privados. El sector también se enorgullece en contar con un marco normativo moderno y efectivo que incluye un innovador sistema de subsidios en protección de los pobres, para posibilitar que se apliquen tarifas de autofinanciamiento sin que se vean afectados. Uno de sus puntos débiles son las pérdidas relativamente altas de agua, sin embargo, ello no se reconoce totalmente en las tarifas, puesto que se determinan con base a una empresa modelo. La situación se puede explicar en parte por los buenos indicadores económicos y la situación política estable, que favorecieron un desarrollo sostenible del sector.
POLITICA Y REGULACION EN CHILE:
La responsabilidad por las políticas sectoriales de Chile recae, primeramente, en el Ministerio de Obras Públicas, el cual otorga las concesiones y promueve el abastecimiento de agua y el saneamiento en zonas rurales a través de su Departamento de Programas de Saneamiento. La responsabilidad normativa en las zonas urbanas es compartida por el ente regulador económico, la Superintendencia de Servicios Sanitarios(SISS) y el Ministerio de Salud, el cual establece las normas de calidad del agua potable.
La SISS controla los servicios de agua potable y saneamiento según las normas de finanzas y calidad. Para garantizar la independencia política, fue creada como institución descentralizada con presupuesto propio. La SISS tiene el derecho de imponer multas a las empresas cuando observa una infracción de las normas, que directamente forman parte del presupuesto de la agencia. Además, la SISS recibe y revisa reclamos de los clientes y actúa conforme a la validez del reclamo. La agencia dispone de bases de datos de la totalidad de las 53 empresas sanitarias urbanas.
El sistema normativo del sector agua y saneamiento de Chile es considerado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como un modelo, no sólo para América Latina, sino también para Europa. Una de sus características más innovadoras es la utilización de un modelo de empresa eficiente hipotética que ayuda a determinar si los incrementos tarifarios que solicitan los proveedores de servicio son justificados.
LA REGULACIÓN DE GAS NATURAL EN AMERICA LATINA:
Argentina: un país con un mercado maduro
En la Argentina el consumo de gas natural presenta una gran difusión. Argentina cuenta con la mayor red de gasoductos para transporte y distribución (50 000 km) de la región. El gas natural constituye la segunda fuente en importancia para la generación eléctrica en plantas térmicas después del petróleo residual (fuel oil). Se prevé que este combustible penetrará aún más en el mercado y reemplazará volúmenes importantes de combustibles líquidos, con mejores rendimientos en las plantas térmicas.
En 1992 y 1993 se privatizaron las empresas YPF y Gas del Estado. Con la privatización de YPF toda la producción de gas natural quedó en manos de empresas privadas, las cuales disponen libremente de ella. Tres empresas productoras concentran cerca del 81% de la oferta de gas en Argentina: YPF, Pérez Companc y Tecpetrol (64, 11 y 6%, respectivamente).
Con la privatización de Gas del Estado en 1992 se produjo la separación de las actividades de transporte y distribución. La privatización supuso la venta de los dos gasoductos más importantes a empresas distintas -Transportadora de Gas del Norte (TGN) y Transportadora de Gas del Sur (TGS)- las mismas que cuentan con una red de gasoductos que conectan los centros productores con las diferentes ciudades del país. A mediados de los años noventa esas empresas transportaban, respectivamente, alrededor del 65 y el 35% del gas natural producido en Argentina.
El transporte y la distribución de gas natural son considerados como actividades de servicio público, por lo cual el Estado ejerce una importante función reguladora, encargada al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) en aspectos relacionados con las concesiones, acceso a las redes de transporte y distribución, tarifas y protección del consumidor.
Bolivia: La prioridad de la exportación de gas natural.
Con reservas de unos 110 000 MMm3 Bolivia ocupa el séptimo lugar en América Latina. El gas natural tiene una gran importancia en la producción de energía primaria (58% del total), seguido por el petróleo (24%) y la hidroenergía y la leña (6 y 7%).
La mayor parte de la producción de gas natural no se consume en el país, sino que se exporta a Argentina y a Brasil; además, hay compromisos de abastecimiento con Paraguay, aunque en bastante menor medida. Es por ello que la participación del gas natural en la oferta nacional de energía primaria alcanza a sólo 25% mientras que el petróleo representa el 42%.
Como resultado del proceso de capitalización de YPFB -en 1996 y principios de 1997- las empresas privadas controlan actualmente toda la producción de gas natural en virtud de contratos de riesgo compartido con YPFB.
La nueva Ley de Hidrocarburos (Nº 1689, de abril de 1996) establece las modalidades de desarrollo de la industria de gas natural, las características del ente regulador y los mecanismos y modalidades de regulación del mercado; se norma tanto la exportación como el consumo interno, con una clara orientación a favor de las exportaciones. La Ley determina que los productores deberán satisfacer la demanda de gas natural que deriva de los compromisos de exportación del Estado boliviano.
La construcción del gasoducto Santa Cruz-São Paulo es uno de los proyectos más importantes de Bolivia de los últimos 20 años y prevé el aprovisionamiento de 105 000 MMm3 (3.7 billones de pies cúbicos).
El gasoducto, de 3 700 km de longitud, requiere una inversión de 2 000 millones de dólares. El acuerdo tiene una duración de 20 años. En los primeros ocho años se exportarían 8 MMm3 diarios y en los 12 años restantes 16 MMm3 diarios, lo cual hace un total de 93 000 MMm3 para todo el período.
Se proyecta construir un gasoducto a Paraguay. En septiembre de 1996, ambos gobiernos firmaron un contrato para la exportación de gas natural por 2.4 MMm3 diarios. El volumen subiría hasta 3.3 MMm3 en un plazo de 10 años.
Se trata de convertir a Bolivia en un centro de conexión de los proyectos de integración energética del gas natural. También se desarrollará el mercado interno, siempre y cuando ello no implique postergar la integración energética regional.
Colombia: Hacia la masificación del consumo de gas natural
Las reservas de gas natural de Colombia, con 214 000 MMm3, la sitúan en cuarto lugar entre los países de la región. El gas natural ocupa el tercer lugar entre los productos de energía primaria de Colombia con cerca del 10% del total; la participación del petróleo es de casi 49% y el carbón mineral aporta el 26%. Luego vienen la leña y la hidroenergía con el 7% y el 5%.
La producción de gas natural (7 674 MMm3 en 1995) se destina íntegramente al consumo interno. El petróleo aporta 43% de la oferta total de energía primaria, y el gas natural 13%, proporción similar a la del carbón (13.4%) y la leña (13.3%). Los productores de gas natural han suscrito contratos de asociación para entregar el producto a un precio determinado a ECOPETROL, empresa que determina las formas de transporte y distribución del producto en el mercado interno.
La empresa estatal de petróleo, ECOPETROL, está encargada de desarrollar el programa de masificación del consumo de gas. En 1992, el Ministerio de Minas y Energía aprobó el plan general de transporte de gas natural, según el cual ECOPETROL debe desarrollar la red troncal nacional. Con esta red se abasteció a 517 000 consumidores en 1995 y se espera llegar a 2 millones en el año 2000, con una inversión total estimada en unos 3 mil millones de dólares, a lo que debe agregarse la instalación de plantas termoeléctricas que serán alimentadas con gas natural según se prevé en el plan de expansión de energía eléctrica 1995-2007.
La estrategia gasífera de Colombia se basa en la siguiente división de tareas:
i) El sistema de transporte será desarrollado por ECOPETROL de manera directa o a través de inversiones privadas por medio de sistemas conocidos como el BOT (Build-Operate-Transfer) o similares, y por concesiones otorgadas por el Ministerio de Minas y Energía.
ii) La construcción y operación de las redes de distribución urbana estarán a cargo de empresas privadas o mixtas, en las que pueden participar los departamentos o municipios.
iii) Se creará una nueva entidad encargada de la administración del sistema de transporte y comercialización del gas con participación del sector privado.
iv) Se instituirá un sistema de regulación especial así como una legislación independiente para la industria del gas natural.
Colombia proyecta un aumento considerable del mercado interno del gas natural, aprovechando las grandes reservas del país. ECOPETROL tiene un papel importante que cumplir, pues se encargará de construir los gasoductos y promover la iniciativa privada. Ya está en vigencia la legislación para regular el transporte y la distribución de gas natural.
Chile: Dependencia energética y sustitución de fuentes
Las reservas de gas natural de Chile ascienden apenas a 48 000 MMm3. El gas natural ocupa el segundo lugar en la producción de energía primaria con 24% del total; le aventaja la leña con poco más del 38%, hidroenergía aporta el 20%, el carbón mineral el 11% y el petróleo un poco menos del 7%.
Para satisfacer las necesidades energéticas del mercado interno, Chile importa alrededor de 180 000 barriles diarios de petróleo; esa fuente cubre el 46% de la oferta total de energía primaria, seguida de la leña y el carbón mineral con 19% y 15%, respectivamente.
El gas natural y la hidroenergía contribuyen con un 10% cada uno. Chile se ha propuesto aumentar el consumo interno de gas natural, basándose en la importación de gas natural de Argentina. En julio de 1995, los gobiernos de Chile y Argentina suscribieron un protocolo por el cual se liberaliza el intercambio de gas natural, lo que implica que no se imponen restricciones para que productores y compradores de las dos naciones negocien libremente volúmenes, transporte, precios, lugar de origen y condiciones de los correspondientes contratos comerciales. El desarrollo de la industria de gas natural en Chile está enteramente en manos de la empresa privada, y en ese proceso la integración gasífera con Argentina cumple un papel fundamental. El gasoducto pionero entre Chile y Argentina fue el de Tierra del Fuego, tendido en virtud de un consorcio formado por YPF y Bridas de Argentina y Chauvco de Canadá. En los últimos años se han construido tres gasoductos entre Argentina y Chile. En agosto de 1997 se inauguró el gasoducto de propiedad de GasAndes, consorcio integrado por las empresas argentinas Techint y Compañía General de Combustibles, Novacorp de Canadá y las chilenas Gasco y Chilgener. Este gasoducto, que abastece el mercado de Santiago, el más importante del país, introducirá grandes modificaciones en el balance energético chileno pues impulsará la construcción de centrales térmicas para la producción de electricidad, lo que favorecerá la sustentabilidad del proceso de aprovechamiento energético.
En febrero de 1997 se suscribió el contrato entre la empresa chilena ENDESA y el consorcio norteamericano CMS Energy para construir un gasoducto entre la provincia argentina de Salta (Campo de Durán) y la provincia de Atacama, en el norte de Chile. El objetivo principal del proyecto es abastecer centrales térmicas y empresas mineras del norte, donde se concentra el 30% de la producción mundial de cobre. Se calcula que la inversión total asciende a 900 millones de dólares.
El gasoducto del Pacífico (GasSur) unirá los campos de Neuquén con la localidad de Bío-Bío, en el sur de Chile. Tendrá una longitud de 530 km y la inversión será de 400 millones de dólares. El consorcio, liderado por Nova International (Canadá), junto con Gasco, YPF y El Paso Energy, invertirá otros 44 millones de dólares en servicios de gas natural (transporte y comercialización), así como en GasSur, un sistema de distribución comercial y residencial para la ciudad de Concepción (Petroleum Economist, varios números).
México: Participación privada en el transporte y distribución
El consumo de energía primaria de México se caracteriza por el claro predominio del petróleo con 69% del total (OLADE, 1996b). El gas natural representa el 16% y el gas asociado y el gas no asociado cerca del 3% del consumo total, mientras que los condensados contribuyen con 2%. Así, en conjunto, los hidrocarburos representan el 90% del consumo nacional de energía primaria. El 10% restante está constituido por la hidroenergía (3%), leña (3%), bagazo de caña (1%) y otros tipos de energía (1%).
El renglón más importante en el consumo de gas natural es la extracción de licuables, los consumos propios del sector, el empleo de combustible en la generación de electricidad y los consumos finales no energéticos.
Otro rubro importante es el de consumo industrial, en el que destaca la demanda de la industria petroquímica.
El gas natural no ha logrado penetrar en el sector residencial y su empleo en el transporte es nulo. La totalidad de las importaciones y exportaciones de gas natural efectuadas por México provienen de los Estados Unidos o se dirigen a este destino.
La producción de gas natural sigue siendo un monopolio estatal a cargo de PEMEX, no habiéndose producido ningún cambio en ese régimen en lo que va de los años noventa. Sin embargo, se han producido importantes modificaciones en el transporte y la comercialización del gas natural. En 1995 el Congreso aprobó la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, permitiendo que el transporte, almacenamiento y los vendedores y compradores negociarán y contratarán el precio de compraventa del gas, los volúmenes involucrados, las garantías necesarias y otras condiciones comunes a este tipo de contratos, así como el transporte de gas, incluido los gasoductos correspondientes, desde los puntos de entrega a los centros de consumo.
Los cambios en la legislación son indicativos del impulso que se le quiere dar al consumo interno de gas natural, que todavía sólo abastece el 4% del consumo de energía residencial y no ha penetrado aún en el transporte. Habría, pues, fundadas expectativas de una ampliación futura de la demanda interna.
La reforma no abarca los aspectos relacionados con la explotación y producción de gas natural, que seguirán siendo de exclusiva responsabilidad de PEMEX.
Sin embargo, las empresas privadas podrán construir y poseer nuevos gasoductos como complemento de la red troncal de 12 000 km de PEMEX. Las empresas privadas tendrán libre acceso a la red de PEMEX, así como ésta lo tendrá a los ductos de las empresas privadas. PEMEX estima que éstos y otros proyectos podrían generar inversiones privadas por unos 4 000 millones de dólares en los próximos años.
La nueva política pone término al monopolio estatal del transporte y la distribución del gas natural en México. Presumiblemente PEMEX no participará en la construcción de nuevos ductos, salvo en casos excepcionales relacionados con la producción de petróleo y gas.
Perú: Predominio de la iniciativa privada y desarrollo del mercado interno
Las reservas de gas natural de Perú ascienden a 201 000 MMm3 y les corresponde el quinto lugar en América Latina. La mayor parte de las reservas son las de Camisea, en el Cuzco, cuya fase de explotación está por iniciarse. Se estima que las reservas de gas natural y condensados de Camisea podrían llegar a unos 340 000 MMm3 (12 billones de pies cúbicos) y 650 millones de barriles, respectivamente. El gas natural tiene hoy escasa importancia en la producción de energía primaria en el Perú con una participación de poco menos del 2%. La fuente principal es el petróleo, que representa el 50% seguido por la leña con 31% y la hidroenergía con 12%; corresponde a los productos derivados de la caña de azúcar y otras fuentes el porcentaje restante.
La producción de gas natural es muy pequeña: unos 258 MMm3 a mediados de los años noventa.7 Su participación en la oferta total de energía primaria representa sólo 1.4% frente a una contribución del petróleo que alcanza al 53% y a una participación de 28% y 11%, respectivamente, de la leña y la hidroenergía.
La explotación del gas de Camisea es una pieza fundamental de la política energética peruana ya que permitirá aumentar las reservas de gas natural y de condensados, impulsar la reconversión energética hacia combustibles más limpios y generar divisas por las probables exportaciones.
En mayo de 1996 se firmó un contrato de licencia, por cuarenta años, con el consorcio SHELL/MOBIL para la explotación del yacimiento de Camisea; en las tres etapas del contrato se proyectó una inversión total de 2 400 millones de dólares. En este contrato el Estado se abstuvo de participar en la inversión y dejó la ejecución en manos del consorcio.
A mediados de julio de 1998, el consorcio SHELL/MOBIL, al término de la primera etapa y tras arduas negociaciones entre las partes, decidió no continuar con la segunda etapa, con lo cual el contrato se dio por terminado. El consorcio consideró que, en las actuales condiciones, el proyecto de Camisea otorgaba una rentabilidad del 8.4% para la inversión en el proyecto, la cual no era aceptable, pues no le permitiría la recuperación de la inversión en los plazos deseados.
Para seguir adelante con la segunda etapa, el consorcio demandaba una serie de nuevos incentivos, como la aceptación gubernamental de un precio para el gas natural que no se ajustaba a lo establecido en el contrato; la participación en la distribución del gas en Lima; la posibilidad de exportar gas a Brasil mediante la interconexión con el gasoducto Santa Cruz-São Paulo; y reformas de la legislación eléctrica peruana para garantizar un precio del gas natural que le permitiera competir con otros combustibles en el abastecimiento de energía a las centrales termoeléctricas. En agosto de 1998 se formó una Comisión de Alto Nivel encargada de sacar adelante una licitación internacional para el desarrollo de este recurso, lo cual se prevé para septiembre de 1999.
En 1998 comenzó la producción de gas natural de los campos de Aguaytía. La inversión ejecutada permitirá la explotación de 6 314 MMm3 (223 000 millones de pies cúbicos). Se estima que la producción anual. La mayor parte de la producción está destinada al consumo de la propia industria petrolera, abasteciendo también a la ciudad de Talara en el norte del país, será de 569 MMm3 cúbicos (1.58 MMm3 diarios) y que se obtendrán además 4 000 barriles diarios de gas licuado de petróleo (GLP). El gas será usado para operar dos centrales termoeléctricas: una para la ciudad de Pucallpa y la otra en Aguaytía. Esta última, con capacidad de 140 MW, se enlazará con el sistema eléctrico interconectado centro-norte (SICN).
Al momento de redactar este artículo no existía un marco regulatorio para la industria del gas natural en sus fases de producción, transporte, distribución y comercialización. En diciembre de 1996 se promulgó la Ley 26734 que creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERG); su función es fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y técnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad e hidrocarburos, así como de las normas de conservación y protección del medio ambiente.
Sin embargo, entre sus atribuciones no está la de fijar las tarifas para el transporte y distribución del gas natural, ni la de otorgar concesiones.
SUERTE Y FELIZ FIN DE SEMANA.
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31 Octubre 2011
- MODELOS DE REGULACIÓN EN AMÉRICA LATINA DEL AGUA Y DEL GAS.
Que es Regulación:
Es la forma de fomentar la competencia, es de carácter transitorio o provisorio, responde a parámetros de justicia y legalidad y debe ser justificada en forma previa y con criterio de proporcionalidad.
En esa línea argumental, entendemos que la regulación económica, más allá de su contenido amplio y restrictivo, busca establecer pautas claras de conductas a seguir por el regulado y también por quien regula, esto último vinculado a la transparencias de la propia actividad reguladora.
¿Qué importancia tiene entonces la calificación de una actividad como servicio público, cuando se encuentra sometida a un régimen de regulación para la competencia?
La relevancia consiste en que la declaración de servicio público -superado el modelo tradicional- viene dada por la presencia del interés general en una actividad económica calificada y de gran relevancia para la sociedad, interés que exige y justifica la intervención del poder público para regularla, ordenarla, controlarla y supervisarla, debiendo explotarse la misma, en ejercicio de la libertad de empresa en régimen de libre competencia, pero sin desatender las necesidades básicas de todas las personas, para que puedan vivir con dignidad y alcanzar el libre desarrollo de su personalidad, en un entorno de cohesión social, solidaridad e igualdad, lo que otorga a dicha obligación una vocación universal y progresiva.
¿Cómo regular?
El Prof. Gómez indicó que aún cuando la regulación está justificada, el debate relevante es la definición de cuál es la mejor forma de hacerlo.
"Una cosa es preocuparse por los sectores desatendidos y otra entender que las medidas que se toman buscando alcanzar justicia social pueden llevar a alcanzar situaciones en las cuales algunos sectores siguen siendo perjudicados", expresó Pavel Gómez.
Para ejemplificar este punto, comentó cómo la congelación de tarifas de los servicios por parte del Estado pretende favorecer a los más desposeídos, sin embargo esto reduce las posibilidades de las empresas prestadoras para invertir en infraestructura, creando un déficit futuro y la posibilidad de una distribución poco equitativa, porque las empresas servirán mejor a unos sectores que a otros.
La regulación debe evaluarse en función de los resultados y no de las buenas intenciones, en este sentido a la hora de legislar se debe poner en una balanza los costos acarreados y los beneficios esperados. "Si pretendemos beneficiar a los más débiles debemos evaluar hasta qué punto ellos van a correr con los costos, bien sea porque los acarrean como costos directos o porque el sector productivo los traslada para reducir inversiones que después afectarían a los más débiles.", enfatizó Gómez.
Asimismo indicó que se deben tratar de compatibilizar intenciones de justicia social y sensibilidad, con la necesidad de reconocer que existen incentivos que deben tomarse en cuenta al momento de diseñar políticas públicas.
Adicionalmente hizo un recuento de cuáles son las áreas que envuelven algunos dilemas en las que empresas prestadoras y Estado puedan entrar en conflicto en cuanto a los servicios públicos, tales como: ajustes de tarifas contra congelación, porque los perjudicados al final son los usuarios; la regulación de tomas ilegales y de actos vandálicos contra la infraestructura, ya que existe una necesidad de servicio por una lado, pero pérdidas para las empresas por otra.
Hizo mención a las fusiones o adquisiciones de empresas, cuando se regula para evitarlo esto podría limitar una mejoría en la calidad del servicio y finalmente, el tema del pago de los servicios, ya que al final, los más pobres terminan pagando costos más altos por no pagar los servicios legalmente.
Modelos internacionales en Servicios Públicos.
El Dr. Luis Ferney Moreno, catedrático de Colombia, presentó los resultados de un estudio comparativo que realizó de las diversas legislaciones en materia de servicios públicos, definiendo los mismos como aquellos que se reciben a través de redes, es decir, energía eléctrica, gas, acueductos, alcantarillado, aseo y telefonía.
Indicó el Dr. Moreno que existen diferentes legislaciones, como la legislación denominada Common Law, aplicada en Inglaterra y USA, en las que los servicios públicos son considerados de interés público y general por lo cual el Estado la garantiza a través de la regulación y prescinde de la titularidad estatal.
Por otra parte, existe la concepción de la legislación romana,-la cual es aplicada en algunos países europeos y en la mayoría de los países latinoamericanos, y se identifica con las legislaciones de Common Law pero que pueden adoptar dos tipologías: con titularidad del Estado y con titularidad privada. Como regla general se ha observado mayoritariamente la titularidad privada y por excepción la titularidad es pública.
La tercera concepción es la legislación de la Comunidad Europea que se caracteriza por ser una mezcla entre las legislaciones Common Law y la romana, y en la cual se prescinde del concepto de servicio público por el de servicio de interés general, además se excluye el concepto de titularidad estatal por el de obligaciones del servicio público para alcanzar los objetivos públicos.
El Dr. Ferney Moreno indicó que Venezuela está incluida en los países en los que conviven al mismo tiempo la titularidad pública y privada con autorizaciones o concesiones, junto con Perú, México, Panamá, Uruguay, Ecuador y Bolivia. En otros como Colombia, El Salvador y Nicaragua existe la titularidad pública y privada con libre entrada sin necesidad de autorización ni concesiones; y países como Uruguay, México, Perú y Bolivia tienen la modalidad de las concesiones para los privados.
"En general en América Latina cada servicio público tiene su propio régimen jurídico legal así como sus respectivas autoridades regulatorias sectoriales, sólo Colombia tiene una Ley General para todos los servicios públicos domiciliarios, y países como Panamá, Costa Rica, Uruguay, Bulgaria, Lituania y Estados Unidos tienen autoridades regulatorias generales para los servicios públicos" , puntualizó el experto colombiano.
Modelos de regulación en América latina.
El Dr. Luis Ferney encontró en su investigación que existen en Latinoamérica dos modelos de regulación del servicio eléctrico: el de monopolio público, presente en México, Puerto Rico, Uruguay y Cuba, y el de coexistencia del Estado y de la competencia privada, aplicado en Colombia y el resto de América Latina.
Para culminar, el Dr. Ferney Moreno enfatizó que es posible que el Estado y la competencia converjan, siempre y cuando se equilibre la promoción de la competencia con los objetivos sociales, que haya colaboración y cooperación entre ambos actores y que el Estado intervenga para modular los objetivos sociales y los económicos.
MODELOS DE REGULACION DEL AGUA EN AMERICA LATINA.
La posibilidad de que el agua y sus servicios públicos vinculados sean regulados por las fuerzas del mercado ha sido una de las ideas más importantes de los últimos tiempos en América Latina. El mercadeo del agua, la regulación liviana, la competencia por y dentro del mercado, la disputabilidad de mercados, y la regulación de ganancias conforme a la metodología de precio techo ha sido insistentemente propuesta, y en algunos casos implementada, en la Región.
La regulación del recurso agua, y de los servicios vinculados, puede requerir una actualización, basada en análisis legales comparativos, con miras a su mejor gobernabilidad.
En términos legales amplios un mercado es un conjunto de contratos, donde los actores intercambian de distintas maneras derechos sobre cosas y servicios. Lo que puede ser transado y como se determina por principios sociales, percepciones, ética, tecnología y la naturaleza de las cosas o servicios a ser transados.
Las leyes de agua y las regulaciones de servicios públicos vinculados al agua proveen un campo fértil de ejemplos de lo que sucede cuando los supuestos de la legislación y regulaciones referentes a fuerzas del mercado, e incentivos para competencia no tienen lugar en la práctica.
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN COLOMBIA:
El acceso al agua potable y saneamiento en Colombia y la calidad de estos servicios ha aumentado significativamente durante la última década. Sin embargo, aún quedan desafíos importantes, incluso una cobertura insuficiente de los servicios, especialmente en zonas rurales y una calidad inadecuada de los servicios de agua y saneamiento. En comparación con algunos otros países de América Latina, el sector está caracterizado por altos niveles de inversiones y de recuperación de costos, la existencia de algunas grandes empresas públicas eficientes y una fuerte y estable participación del sector privado local.
Política y regulación en Colombia:
El Viceministerio de Agua y Saneamiento, creado en octubre de 2006 bajo el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, está a cargo de establecer la política sectorial. Estas políticas sectoriales se definen en el marco de políticas nacionales establecidas por el Departamento Nacional de Planeación (DNP).
La responsabilidad de regular los servicios de abastecimiento de agua en el ámbito nacional cae en dos instituciones independientes:
- La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) define los criterios que rigen la prestación eficiente de los servicios y establece las normas de revisión de tarifas, pero no está a cargo de controlar la aplicación de estas normas.
- Esto último es responsabilidad de la Superintendencia de Servicios Públicos (SSPD), un ente regulador multisectorial.
El Gobierno se propone mejorar el desempeño del sector de agua y saneamiento mediante las siguientes medidas: (i) fortalecimiento del marco regulador; (ii) implementación de programas de asistencia técnica; (iii) apoyo financiero para
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN ARGENTINA:
Enfrenta cinco desafíos significativos en el sector de abastecimiento de agua potable y saneamiento:
(i) baja cobertura con un alto grado de prestación de servicios para su nivel de ingresos;
(ii) calidad deficiente de los servicios;
(iii) altos niveles de contaminación de las fuentes y los cuerpos receptores;
(iv) reducida recuperación de costos; y
(v) definición deficiente de la asignación de responsabilidades entre las instituciones del sector.
En la Argentina se adoptó el modelo de regulación por agencia en el que la regulación está a cargo de una agencia especializada (ente regulador), autónomo y autárquico, a cargo del control del cumplimiento de la normativa vigente y la regulación de la prestación de los servicios.
Políticas y regulación en Argentina:
Siendo la Argentina un país federal, las provincias tienen a su cargo la responsabilidad de formular las políticas del sector y establecer las normas en su zona de competencia. Las instituciones suelen ser débiles y propensas a la interferencia política, lo que dificulta la aplicación de las normas. La autonomía de las provincias resulta en una gran diversidad de ordenamientos institucionales para la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento en el país, dificultando la generación de una visión nacional del sector.
En el ámbito nacional, a pesar de los avances recientes en cuanto a una definición más clara de las responsabilidades, el marco institucional continúa careciendo de coherencia y la coordinación entre los actores federales es deficiente. La Subsecretaría de Recursos Hídricos, a través de la Secretaría de Obras Públicas, propone las políticas del sector ante el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, encargado de aprobarlas. Dentro de este marco político, el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA), una entidad descentralizada dependiente de la Subsecretaría de Recursos Hídricos, proporciona financiamiento y asistencia técnica a los proveedores de servicio. Por otra parte asesora a la Secretaría de Obras Públicas, influyendo de hecho en la política sectorial. Recientemente se le ha otorgado al ENOHSA la facultad de ejecutar directamente obras de infraestructura. Esto ha suscitado cierta confusión entre sus funciones de hacedor de políticas, distribuidor de recursos y ejecutor de obras.
No existe aún una ley nacional de agua y saneamiento, aunque algunas provincias ya tienen la suya. Esto dificulta la definición de una política nacional coherente en lo que se refiere a financiamiento, subsidios, tarifas y normas de servicio. La estructura federal del país y la dispersión y superposición de responsabilidades entre los distintos organismos de gobierno dificultan aún más el desarrollo de una política sectorial coherente.
Catorce de las 23 provincias cuentan con entes reguladores, aunque éstos suelen tener una capacidad limitada y responsabilidades institucionales no bien definidas. En la mayoría de los casos actúan como supervisores de los contratos de concesión, sin cubrir a las cooperativas y los proveedores municipales. En el caso del área metropolitana de Buenos Aires existen dos agencias, una a cargo de la planificación y otra a cargo del control de los servicios.
Los reguladores de todo el país están reunidos en AFERAS, la Asociación de Entes Reguladores de Agua y Saneamiento de la República Argentina.
Prestación de los servicios de agua potable y saneamiento se realiza a través de una amplia gama de alternativas de gestión, que incluyen:
- La empresa pública AySA en la Capital Federal y 17 partidos del conurbano bonarense (atendiendo a más de 25% de la población);
- 14 empresas públicas provinciales con un grado variable de autonomía otorgada en los instrumentos de creación de las Empresas (no todas atienden a una provincia entera);
- Empresas públicas municipales, o municipios que prestan servicios directamente (atendiendo a 20% de la población);
- 4 empresas privadas bajo contratos de concesión con un gobierno provincial o municipal (2008);
- más de 2.000 cooperativas (atendiendo a 11% de la población); y
- asociaciones vecinales.
Empresas privadas En 2008 quedaron pocas concesiones privadas en el país. Entre ellos son las concesiones de Salta, Corrientes, Formosa y Mendoza.
Las cooperativas Hay una fuerte presencia de las cooperativas de servicio, que son por lo menos unas 2.000 lo que convierte al país en el de más cooperativas de agua y saneamiento de América Latina. Estas cooperativas típicamente prestan servicios múltiples, incluso la venta de electricidad, telefonía, manejo de desechos sólidos, negocios de venta de productos de consumo y otros. Las cooperativas de agua y saneamiento se crearon durante las décadas de los 60 y los 70 y en 2001 estaban responsables del suministro de agua en la mayoría de las localidades de menos de 50.000 habitantes, prestando servicios a más de 4 millones de habitantes o un 11% de la población. En 2001 cerca de 2.000 cooperativas crearon la Federación de Cooperativas de Agua Potable de la Provincia de Buenos Aires (FEDECAP). Muchas veces las cooperativas responden de manera muy flexible a la demanda de los usuarios. Por ejemplo, ofrecen múltiples formas e intereses de pago y, en áreas donde el agua esta contaminado por el arsénico, tratan el agua en plantas pequeñas de ósmosis inversa para distribuir una cuota familiar en bidones para alimentación, dejando el agua de la red para los otros usos.
CONTINUARA.....
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31 Octubre 2011
La Liberalización del Sector Eléctrico. Con la promulgación de la Constitución de 1999, la cual se caracteriza por su carácter interventor de la economía por haber plasmado un modelo económico en el que el Estado participa no como un ente regulador y fiscalizador de las actividades económicas de los particulares, sino como un gestor de las mismas, fue dictada la Ley de Servicio Eléctrico que impuso una liberalización moderada del sector eléctrico, permitiendo, de una parte, la libre iniciativa privada en determinadas materias y, por la otra, la regulación de mayor o menor intensidad, en atención a la actividad de que se trate (generación, transmisión, comercialización). Posteriormente, fue dictada la Ley Orgánica del Servicio Eléctrico (en adelante LOSE) la cual reguló en los mismos términos que su predecesora la liberalización del sector eléctrico.
RÉGIMEN TRADICIONAL DEL SECTOR ELÉCTRICO:
En tal sentido, es pertinente señalar que antes de la entrada en vigencia de la LOSE que no existía ningún texto con rango y fuerza de Ley que regulara el sector, por el contrario, la regulación de este estaba contenido en normas de rango sublegal, por lo que éste sector no se encontraba reservado al Estado. El Decreto No. 1.558 del de 30 de octubre de 1996, en su artículo 4°, calificaba la prestación de servicio eléctrico como un servicio público nacional; tal declaratoria sólo podía ser hecha a través de un instrumento con rango legal, dadas las implicaciones que ello tiene sobre el derecho de libertad económica. En efecto, como lo ha apuntado la doctrina, cuando una actividad se erige en servicio público, su prestación se impone obligatoriamente al Estado y se derivan restricciones a los particulares en el sentido de que no pueden ejercer libremente dicha actividad. El alcance concreto de dicha restricción no es uniforme, pues depende de la regulación concreta que establezca la ley, la cual establece una variada gama de restricciones a la libertad económica: desde la exclusión total de los particulares en el ejercicio de la actividad, hasta una concurrencia casi sin restricciones entre actividad pública y actividad privada, incluyendo los supuestos en los cuales el Estado habiéndose reservado servicio, habilita a los particulares para su prestación mediante concesión. La declaratoria de una actividad como servicio público no apareja necesariamente la imposición de un obstáculo o una negación a la participación del sector privado en el servicio; sin embargo, pueden derivarse limitaciones importantes que inciden notablemente en el ámbito de libertad económica de los particulares, tales como controles en la fijación de tarifas, términos y condiciones mínimas para la prestación del servicio, régimen de policía administrativa aplicable, entre otras. La inserción de la noción de servicio público en cualquier actividad apareja su sujeción a un régimen jurídico especial y la aplicación de restricciones de diversa gradación al derecho constitucional de libertad económica; en consecuencia, para la declaratoria formal del servicio eléctrico como un servicio público, así como la imposición de las limitaciones correspondientes, se requería una normativa de rango legal. Ahora bien, si entrar en consideraciones sobre la inconstitucionalidad que tradicionalmente caracterizó las restricciones a la libertad económica en el ámbito del sector eléctrico, es necesario señalar que el alto grado de participación del Estado en dicho sector y el propósito de liberalizarlo exigía una normativa que equilibrara la necesaria intervención del Estado como regulador del servicio eléctrico, la garantía constitucional de libertad económica y la libre competencia.
IMPULSO DE LA LIBERALIZACION DEL SECTOR ELECTRICO: En este contexto surge la LOSE, la cual tiene por finalidad: 1. Establecer un régimen jurídico moderno, acorde con las necesidades del sector, que favoreciera el desarrollo de la industria eléctrica en el país y, 2. El fomento de la libre iniciativa privada en el sector. Esta Ley puede enmarcarse dentro del denominado proceso de liberalización de los servicios públicos, pues emplea una variedad de disposiciones e instrumentos a los fines de llevar adelante dicho proceso. Dentro de estos instrumentos destaca, obviamente, la introducción de competencia en el sector, la cual es uno de los pilares fundamentales en los cuales de funda la liberalización de los servicios públicos. El principio de libre competencia está contenido en el artículo 3 de la LOSE, el cual prevé a la letra lo siguiente: «El Estado promoverá la competencia en aquellas actividades del servicio eléctrico dentro de las que sea pertinente, regulará aquellas situaciones de monopolios donde la libre competencia no garantice la prestación eficiente en términos económicos y fomentará la participación privada en el ejercicio de las actividades que constituyen el servicio eléctrico. Parágrafo Unico.- El Estado se reserva la actividad de generación hidroeléctrica en las cuencas de los ríos Caroní, Paragua y Caura». LA CREACION DE LA LIBRE COMPETENCIA COMO LIBERALIZACION DEL SECTOR Y NO AL MONOPOLIO: La existencia de condiciones de competencia en el mercado eléctrico implica la existencia de más de un agente que, al menos en teoría, actúen en como rivales. Sin embargo, la competencia es una noción mucho más amplia que se utiliza para designar todo tipo de situación en la cual no hay un monopolio. La doctrina ha sido cautelosa en dar definiciones de competencia, pues se trata de un noción cuyo contenido puede variar de acuerdo con las circunstancias. El término utilizado en la legislación venezolana es el de “libre competencia” y, en tal sentido, el artículo 3° de la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia, hay libre competencia cuando existen «las condiciones para que cualquier sujeto económico, sea oferente o demandante, tenga completa libertad de entrar o salir del mercado, y quienes están dentro de él, no tengan posibilidad, tanto individualmente como en alianza con otros, de imponer alguna condición en las relaciones de intercambio.». Sobre la base de esta definición, debe tenerse claro que la liberalización de un sector económico no implica necesariamente que deba desaparecer el sector empresarial público. Ejemplo de ello es precisamente el sector eléctrico en Venezuela, en el que si bien es cierto que se liberalizó la actividad, nada impide que las empresas públicas continúen participando en el sector, es decir, el sector empresarial público puede mantenerse actuando en régimen de libre iniciativa económica. No obstante, un sector de la doctrina considera que si la misma parte que actúa en concurrencia con otros operadores fija las reglas del juego, la concurrencia no es real. Por esta razón se ha insistido en separa las figuras de ente regulador y sujeto regulado, sin que una misma persona pudiera asumir ambos cometidos. A partir de esta premisa se ha desarrollado el concepto de actividad de regulación, como actividad que se diferencia de la actividad de actuar en el mercado de acuerdo con las reglas previamente establecidas.
QUE ES LA APERTURA DEL SECTOR ELECTRICO A LA INICIATIVA PRIVADA? La creación de condiciones de libre competencia, en las áreas en que ello sea posible o viable. La libre competencia es un atributo de determinadas actividades económicas, en las cuales existen las condiciones para que cualquier sujeto económico, sea oferente o consumidor, tenga completa libertad de entrar o salir del mercado, de manera que quienes estén dentro de él, no tengan posibilidad, ni individualmente ni en alianza con otros, de imponer alguna condición en las relaciones de intercambio (art. 3º de la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia). La libre competencia es, por tanto, un concepto afín a la libertad económica, prevista en el artículo 112 de la Constitución, por lo que -en principio- de no regir esa libertad, mal podría hablarse de libre competencia (CPCA del 24.09.97, caso: Aeropostal). El artículo 3 de la LOSE se ha referido a la libre competencia en aquellas actividades del servicio eléctrico dentro de las que sea pertinente; en tal sentido, es oportuno observar que hay actividades en el sector eléctrico que su propia naturaleza no podrían ser desarrolladas en condiciones plenas de libre competencia y en las que dicho principio se aplica en forma relativamente restringida; en concreto, nos referimos a las actividades de transmisión y distribución, para las cuales el legislador exige a los particulares la obtención de una concesión. Por tal motivo, el legislador se ha valido de la separación de actividades en el sector eléctrico, a los fines de introducir competencia en aquellos sectores que no sean monopolios naturales, de manera de incentivar la iniciativa privada en esos sectores. Ciertamente, la Ley se sirve de la separación de actividades, la cual implica: 1. La desintegración del sector y el establecimiento de un régimen diferenciado para las actividades competitivas (como son la generación y la comercialización especializada) y, 2. Las no competitivas o de competencia atenuada (transmisión y distribución) y, correlativamente, 3. La aplicación de un régimen jurídico distinto a unas y otras en un mercado eléctrico en dos niveles: un mercado mayorista eléctrico y un mercado con tarifas reguladas. Las “actividades competitivas", a su vez están presididas por tres principios fundamentales: a. Libertad de entrada al mercado y libertad de inversión; b. Libre acceso a las infraestructuras y c. Libertad de contratación y formación competitiva de precios. Todos y cada uno de esos principios están previstos en la Ley del Sector Eléctrico, la cual establece un régimen de autorizaciones para el desarrollo de las actividades de generación y comercialización especializada (arts. 24 y 38), garantiza a todos los operadores del servicio eléctrico libre acceso a las infraestructuras de red (art. 7°) y prevé la posibilidad de que los agentes en el mercado mayorista eléctrico puedan contratar libremente con otros agentes la venta de potencia y energía eléctrica (art. 25, num. 5).
LIBERALIZACION DEL SECTOR ELECTRICO VS. COMPETENCIA REGULADA: Vista las normas y principios anteriores se pueda afirmar que la liberalización del sector eléctrico no supone un modelo de competencia perfecta sino, más bien, de competencia regulada en el cual las distintas actividades que integran el sector están sometidas a regímenes «claramente diferenciados, en los que se reservan cometidos muy diversos al principio de libre competencia y a la regulación o intervención pública y en los que estos elementos se integran y complementan bajo muy diversas combinaciones [...]» La liberalización del sector eléctrico no implica la adopción de un modelo de competencia sin reglas, sino más bien de competencia regulada. En tal sentido, «(...) tal y como lo señala Ariño Ortiz, siempre será un sector regulado, lo importante es entonces el cuestionamiento del alcance y sentido de la regulación, pues lo que se pretende con la liberalización es minimizar tal regulación. Se erige como objeto de la acción administrativa, por tanto, la protección y promoción de la libre competencia y de la iniciativa privada, postulados que, sin embargo, se contradicen con algunas disposiciones de la Ley del Sector Eléctrico –derivadas del régimen derogado- que preservan una clara intención de intervención sobre el sector.»
IMPORTANCIA PARA LA SOCIEDAD SOBRE LA LIBERALIZACION DEL SECTOR ELECTRICO: La importancia que puede constituir para la sociedad en su conjunto -entiéndase consumidores residenciales y consumidores comerciales e industriales de electricidad- la garantía de suministro del servicio eléctrico. De hecho, los expertos en energía y en el sector eléctrico suelen plantear, con suficiente razonamiento, que la garantía del suministro eléctrico constituye un bien social. La aseveración anterior debe ser contextualizada en una era posterior a la liberalización de los servicios públicos que se inició en los años 80 cuando las administraciones públicas carecían de instituciones de accountability , resultando ineficientes en sus “funciones” de empresarios prestadores de servicios públicos.
PORQUE EL PROCESO DE PRIVATIZACION Y LIBERALIZACION NO FUE EXITOSO: Es debido a factores que deben considerarse: Que la mayoría de los prestadores de servicios de electricidad ofrecían fuertes subsidios que imposibilitaban desde el punto de vista político que la sinceración de las tarifas se tradujese en apoyo popular. Más recientemente, se ha profundizado en la investigación académica sobre como las matrices tecnológicas en mercados tipo pool , donde la tecnología marginal fija el precio, permite ejercer cierto poder de mercado –en términos de mark-up - por parte de las tecnologías de reducidos costos marginales (los generados atómicos especialmente). Luego, una de las preocupaciones públicas más relevantes lo constituyó y lo sigue constituyendo, como incentivar a los operadores privados para que mantengan capacidades instaladas o expandan su capacidad generadora, si la nueva demanda podría ser no muy cuantiosa. Lo anterior, levantó la preocupación sobre la garantía del suministro como un bien social que debería ser resguardado. Fue así como varias alternativas fueron desarrolladas, desde clientes desconectables que sacrificarían su suministro constante por tarifas preferenciales, hasta la remuneración de capacidad ociosa a aquellos operadores-generadores que inviertan para garantizar el suministro, especialmente en las expansiones del pico de demanda. Asimismo, se diseñaron esquemas de remuneración de los costos marginales de largo plazo, de manera tal de poder hacer viable la incorporación de nueva generación y suministro y proteger lo que se entiende es un bien social que en ocasiones podría no estar alineado con intereses privados de rentabilidad. Destaca el hecho de que han aparecido mecanismos de remuneración a los privados para que mantengan y garanticen el suministro realizando inversiones de expansión en sus capacidades generadoras. UNA VISION SOBRE EDELCA: Han cambiado mucho los objetivos de la empresa desde su fundación en 1963. Al principio, quizás se concibió mas como el apoyo a la estrategia de diversificación de la economía de Venezuela en la región de Guayana, luego amplia sus objetivos a todo el país y a otros sectores, y recientemente inicia la interconexión con Colombia y pone en marcha el Proyecto de transmisión de energía hidroeléctrica con Brasil. ¿Cuál diría usted que es hoy la filosofía corporativa de Edelca, y sus objetivos?
Edelca durante toda su vida ha sido una empresa de servicio eléctrico y de construcción. En su fundación fue más de construcción de plantas de generación y de líneas de transmisión, orientada hacia el desarrollo de la región Guayana. Ya desde el año 1953 la Comisión de Estudios para el Aprovechamiento Hidroeléctrico del río Caroní había comenzado la construcción de la primera Central, Macagua I, con una capacidad instalada de 360.000 kilovatios, un tercio de la disponibilidad del país para la época. Esa planta entra en servicio en 1959, tiene 41 años en operación y fue concebida como soporte de suministro eléctrico a la naciente Siderúrgica del Orinoco y posteriormente a la industria del aluminio. Luego en 1963 se constituye Edelca y comienza la primera etapa de la Central Hidroeléctrica Guri, cuya etapa final culmina en 1986 cuando se inaugura con una capacidad instalada de 10.000.000 de kilovatios. En todo ese tiempo desde 1963 hasta 1986 EDELCA se transforma de una empresa regional a una empresa con proyección nacional. Aunque la fuente de generación está en Guayana, los sistemas de transmisión de energía asociados también se desarrollaron lo que permitió llevar la energía eléctrica desde el Caroni hacia toda Venezuela. Nuestra filosofía es suministrar energía eléctrica a nuestros clientes con alta calidad de servicio y a precios competitivos. Nosotros somos mayoristas, vendemos a las empresas distribuidoras de energía eléctrica y también a grandes consumidores industriales como son: aluminio, acero y petróleo. Nuestro negocio medular es vender energía eléctrica en bloque, somos mayoristas. Evidentemente una empresa que genera más del 70 por ciento de la energía que consume el país y la transporta desde Guayana hasta el extremo occidental de la geografía nacional, Maracaibo, tiene una tremenda responsabilidad con todo el país. Sus instalaciones deben operar bajo estrictos criterios de calidad y eficiencia. En ese sentido para lograr lo anterior, necesitamos tener unas funciones de mantenimiento y operación que sean muy estrictas en cuanto al logro de los objetivos de la empresa. Por supuesto es importante ser una empresa con un fuerte componente de inversión en la expansión del sistema eléctrico nacional, el cual de hecho también está bajo el criterio de estricta calidad. Tanto la ingeniería como la construcción deben ser hechas con el objetivo de ofrecer un servicio de alta calidad. Cada vez mas nos convertirnos en una empresa operadora, es decir, aquella empresa constructora ha evolucionado hacia una empresa de operación del servicio eléctrico. Esa es la tendencia ahora, ser una empresa de servicios. La parte de construcción, aunque es importante, tiene un futuro más reducido que en sus inicios. Cambiando un poco el tema, en septiembre del 1999, la Ley que regula el sector eléctrico fue aprobada, con el reto de llenar un vacío legal que ha existido en Venezuela. Prevé la liberalización de lo que es la generación y la comercialización de la electricidad manteniendo regulada la distribución y la transmisión. Aún falta por implementar esa Ley, y su reglamento. Pero antes quisiera preguntarle ¿Qué opinión le merece ese marco jurídico, qué espera del reglamento y para cuándo prevé la liberalización?
Bueno esa Ley Eléctrica tuvo antecedentes que fue el decreto 1.558, que ya preveía un modelo económico basado en separaciones de actividades. Ese fue un decreto del año 1996, en el cual ya se dibujaba ese modelo económico. Edelca en esos momentos comenzó a trabajar, con relación a separar las actividades de transmisión y las de generación. Los grandes fuertes de Edelca son transmisión troncal, es decir la transmisión que conecta a zonas del país, y la generación hidroeléctrica a gran escala. Desde ese momento comenzamos a separar ciertas funciones, tratando de cumplir con ese decreto, pero evidentemente ese decreto no tenía la fuerza de una Ley. La Ley Eléctrica que fue promulgada hace tiempo, en 1999, es una ley que consideramos muy avanzada, esta planteada en un modelo económico en el cual desverticalizas a la empresa. La ley separa aquellas actividades sujetas a competencia, como generación y comercialización, de las actividades sujetas a regulación por razones obvias que es la transmisión. La transmisión de la distribución son cables que de una forma regular, dan mucho mas transparencia y mucho mas eficiencia. Tenemos planteado un modelo institucional en el cual se describen muy claramente las funciones del Ministerio de Energía y Minas, en cuanto a planificación y total liquidación de tarifas del sector, se creará la Comisión Nacional de Energía Eléctrica que es un gran regulador, fiscalizador. Se propone el Centro Nacional de Gestión, es una oficina de operación, una empresa pública que se encarga de operar el sistema con completa seguridad; y el contexto de mercado mayorista, contexto económico, contexto eléctrico y también fija roles para los municipios. Su modelo institucional hacia mucha falta en Venezuela, porque hasta ese momento había dispersión. Muchas instituciones estaban encargadas del negocio eléctrico. También establece algunas pautas para los modelos económicos de las distintas actividades, se van a regular las grandes líneas de los modelos económicos, las diferentes actividades de generación, distribución, transmisión, y comercialización. También están las penalizaciones tanto para las empresas como a los clientes, los usuarios, y algunas disposiciones transitorias que regulan a los sectores. Pensamos que esa Ley debe ser completada por el reglamento o varios reglamentos. El reglamento general de este instrumento legal está en fase de aprobación por el Ejecutivo, debería estar listo muy pronto, ya que en él se detallan algunas de las disposiciones de la Ley. Edelca está tratando de cumplir el plazo, vamos a estar separados en varias empresas en el 21 de septiembre del 2001. Nosotros nos vamos a separar, probablemente, en unas 4 empresas. Una empresa de transmisión troncal, que será la gran transmisión que interconecta a todo el país y la empresa de generación, que conservará el nombre de Edelca, C.V.G. Electrificación del Caroní, C.A. Estamos proponiendo una empresa de distribución, con los pocos activos que tenemos de distribución, es decir una distribución en Guayana, que podría ser el germen de una empresa de distribución más grande, que cubriría todo el estado Bolívar. Nosotros tenemos una transmisión que interconecta las plantas de generación entre sí. Queremos proponer una empresa de transmisión regional que cumpla el objetivo de interconectar nuestras plantas, alimentar a nuestros grandes clientes y, posiblemente, también tengamos una empresa de telecomunicaciones en asociación estratégica con algún inversionista privado. Lo que nosotros vamos a ofrecer es el derecho a usar nuestras vías de paso, que son nuestras líneas. Al final de todo esto suponemos que tendremos 5 empresas. Claro que esto es una propuesta que todavía estamos trabajando, el Ejecutivo tiene que aprobarlo.
SECTOR ELECTRICO COMO UN SERVICIO MUNICIPAL: La distribución y venta de electricidad como una competencia municipal. Dentro de las competencias que el artículo 156 de la Constitución reserva al Poder Nacional, expresamente, la relativa al sector eléctrico “…29. El régimen general de los servicios públicos domiciliarios y, en especial, electricidad, agua potable y gas.”. Por su parte, el artículo 178 de la Constitución cuando determina las competencias municipales, establece expresamente que: “Son de la competencia del Municipio el gobierno y administración de sus intereses y la gestión de las materias que le asigne esta Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaria con criterios de equidad, justicia y contenido de interés social, de conformidad con la delegación prevista en la ley que rige la materia, la promoción de la participación, y el mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la comunidad, en las siguientes áreas: 6. Servicio de agua potable, electricidad y gas doméstico, alcantarillado, canalización y disposición de aguas servidas; cementerios y servicios funerarios”. Pues bien, entre los sujetos de derecho que la Legislación Nacional señala con capacidad legal para prestar el servicio de electricidad están los Municipios lo que constituye la comercialización y distribución de la energía eléctrica. La ley Orgánica del Poder Publico Municipal en su Artículo 63. Los servicios públicos domiciliarios de suministro de agua potable, de electricidad y de gas, son competencia de los municipios y serán prestados directamente por éstos o mediante alguna forma de contratación, con sujeción al régimen general que se establezca en la correspondiente ley nacional.
SUERTE Y FELIZ FIN DE SEMANA.
servido por nilda gioconda
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